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martes, 23 de octubre de 2007

"REGLA GENERAL No.3b"


Se refiere al caracter esencial del producto.
Y de acuerdo a las notas explicativas se feriere unicamemnte a los casos de:
1) productos mezclados;
2) manufacturas compuestas de materias diferentes;
3) manufacturas constituidas por la unión de artículos diferentes;
4) mercancías presentadas en juegos o en surtidos acondicionados para la venta al por menor.
Esta Regla sólo se aplica si la Regla 3 a) es inoperante.
Es decir que en estas 4 situaciones la mercancia se clasifcara segun la materia o articulo que les confiera el caracter esencial.
"Hay que mecionar que aqui depende mucho de la experiencia del clasificador, y no me refiero a los años que tenga trabajando clasificando mercancias si no de su "conocimiento general" tanto como merceologo como persona".(Aqui hago un parentesis)
Es decir e conocido personas que me dicen "Yo tengo clasificando mas de 10 años tu que me puedes decir a mi"....pero pues tienen 10 años clasificando tornillos, tuercas y arandelas"....alla ellos.
Volviendo a la regla.......podemos decir que para estar seguro del caracter esencial depende de la mercancia ya que varian de una a otra, pero lo que mas se toma en cuenta es la composicion de la materia, su naturaleza,los articulos que los componen,el uso principal al que esta destinado, inclusive en algunos casos hasta el peso.


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