Como podemos observar se trata de una pluma (boligrafo) combinado con laser.
Como voy a clasificar esta mercancia????
Como laser???
Como Boligrafo???
Recordemos que siempre tenemos que tener un criterio amplio, asi como toda las especificaciones, el uso de la mercancia etc.
En la practica me a tocado ver gente que dice "saber mucho de clasificacion" y me dicen: "Esta mercancia se clasifica como laser por que es el que tiene mas costo.
Yo les digo a ver, en el sistema armonizado donde hay una regla que me diga "Cuando una mercancia se presente combinada, su clasificacion la determinara el producto que mas cueste".
Otros me dicen "Lo que pasa es que el laser cuesta mucho su produccion y elaboracion"
A ver digame donde hay una regla que me diga que cuando una mercancia esta combinada con otra su clasificacion la determina la mercancia que mas costo tiene su produccion.
En si estos boligrafos no se pueden clasificar por medio de la regla 3a "Partida mas especifica"
Ya que en la partida 90.13 me menciona los laseres, y en la partida 96.08 me menciona los boligrafos, por tanto la regla 3a queda descartada.
Ahora la 3b "Caracter esencial", estas plumas se fabricaron para las personas que se dedican mas que nada a dar catedras y conferencias..ya que por medio del laser..apuntan a una pantalla de proyector donde se muestra una diapositiva por ejemplo en "POWER POINT"...y a la vez utiliza el boligrafo para escribir sus notas, asi como los comentarios que se le presenten.
Por lo tanto la regla 3b queda descartada.
Por lo tanto tenemos que utilizar la regla 3c "La ultima partida por orden de numeracion"
Que en este caso seria el Boligrafo (96.08)
Interesante No???
Espero comentarios.
Ahora hay un criterio de la OMA...que mandan los punteros laser a la 90.13, incluso con boligrafo, pero pues y si de ORO???
Si tiene una lampara??????
7 comentarios:
Beto, si te dicen que por su valor es porque existen notas explicativas de las reglas generales y en la 3a) numeral VIII te indica lo referente a este tema. Asi que debemos de tener en cuenta la manufactura si es simple o compleja, si tiene para recambio de pilas y no asi de repuesto, se inclinaria como laser, por ejemplo.
saludos.
Para definir fracciones asi, y llegar a la conclusion de que no se puede usar la 3b, deberiamos primero tener bien definido el margen de criterio que da el concepto de "caracter escencial" es decir, que cosas o caracteristicas hacen que lo tenga? El valor? el peso? la cantidad? el uso? o que???
Esa seria una duda particular, espero me ayudaran y al mismo tiempo podria servir para justificar la fraccion aqui mencionada.
Para mi punto de vista el laser es un accesorio incluido pero el que le d el caracter esencial es el boligrafo ya que lo vamos a usar mas frecuentemente que el laser, aunque este no podemos descartarlo y por ende debemos utilizar la regla 3-c " estoy de acuerdo con la persona que presento el tema".
Hola. Como se clasificaria un tejido con bucles de punto 40% algodon, 40% nylon, y 20% lana ??? ... obviamente el problema viene a nivel de subpartida donde aplico la regla 3.c ,, el tema es: considero aqui las subpartida del algodon o la correspondiente al nylon, o tambien debo agregar la subpartida de la lana ("las demás") ,,, según la regla 6 + 3.c tendría que ser claramente entre las subpartidas susceptibles a tenerse en cuenta ... osea finalmente seria 6001.22.00.000Y
Concuerdo con el Sr. R. Lopez y The Stallion, para aplicar la regla 3 c) se debe estar muy seguro del carácter esencial, me parece que en este caso el carácter esencial puede definirse.. Para ejemplificar esta regla me parece más adecuado un Reloj de arena con marco de madera.. saludos
Digo que se tendría que checar si es de pila recargable y si la tinta es igual recargable ya que si la pluma no es recargable de tinta se clasificaría como un láser así también con el láser pero su carácter esencial es una pluma con un láser integrado, como lo marca la regla 3 b)...
y cual seria la subpartida si se hiciera por la regla 3c
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