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jueves, 10 de marzo de 2011

Restricción de introducción a territorio nacional (MEXICO)






Restricción de introducción a territorio nacional de la mercancía descrita como cigarrillos electrónicos, cigarros de chocolate y puros de chocolate.

A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:

En atención a uno de los diversos compromisos adquiridos por este Comité Ejecutivo Nacional y con el firme propósito de tener plena certeza de la vigencia de los criterios obtenidos por esta Confederación, los cuales brindan seguridad jurídica a nuestros confederados, los agentes aduanales, respecto de la introducción a territorio nacional de mercancía considerada prohibida, resulta trascendental hacer de su conocimiento las siguientes circunstancias:
ANTECEDENTES:

I. Con fecha 28 de Noviembre de 2008, la Comisión de Operación Sanitaria de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios emitió el oficio identificado con el número COS/DEDS/1UE/00561/2008, por medio del cual comunica a la Administración General de Aduanas, medidas adoptadas con el fin de proteger contra riesgos sanitarios a la población: solicitando que no se permitiera la entrada a territorio nacional de la mercancía consistente en Cigarrillos Electrónicos, Cigarros de Chocolate y Puros de Chocolate.
II. En consecuencia de lo anterior, con fecha 18 de diciembre de 2008 la Administración Central de Operación Aduanera de la Administración General de Aduanas dependiente del Servicio de Administración Tributaria, emitió el oficio circular identificado con el número 800-01-00-00-00-2008-01217, por medio del cual comunica a los Administradores Centrales y de las Aduanas del país la restricción para el ingreso de productos en forma de cigarros, de conformidad con el contenido del oficio número COS/DEDS/1UE/00561/2008 de fecha 28 de noviembre de 2008, emitido por la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios.
OPINIONES Y CRITERIOS:

Bajo esa tesitura y considerando la importancia de las opiniones anteriormente precisadas, emitidas la Comisión de Operación Sanitaria de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y por la Administración Central de Operación Aduanera de la Administración General de Aduanas y con el firme propósito de tener conocimiento de la vigencia de la restricción de introducir a territorio nacional mercancía descrita como Cigarrillos Electrónicos, Cigarros de Chocolate y Puros de Chocolate.

Por este conducto hacemos de su conocimiento que en fechas pasadas se presentó ante la Comisión de Operación Sanitaria de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y ante la Administración Central de Regulación Aduanera de la Administración General de Aduanas, escritos de solicitud de emisión de criterio respecto de la vigencia y aplicación de sus oficios precisados en el apartado de Antecedentes de la presente, respecto de la restricción de importación de mercancías descritas como Cigarrillos Electrónicos, Cigarros de Chocolate y Puros de Chocolate..

En respuesta de lo anterior, hacemos de su conocimiento que en días pasados recibimos en las oficinas de esta Confederación los oficios que a continuación me permito precisar a detalle:

1. Oficio identificado con el número COS/DEDS/2/OR/048/11 de fecha 08 de febrero del 2011 emitido por el Director Ejecutivo de Dictamen Sanitario de la Comisión de Operación Sanitaria de la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios, en el cual medularmente manifiesta:
… “a partir de la publicación de la Ley General para el Control del Tabaco en el Diario Oficial de la Federación el 30 de Mayo de 2008 y que entro en vigor el pasado 28 de Agosto de 2008 se establece en el artículo 16 fracción VI lo siguiente: “Se prohíbe comerciar, vender, distribuír, exhibir, promocionar o producir cualquier objeto que no sea un producto del tabaco, que contenga alguno de los elementos de la marca o cualquier tipo de diseño o señal auditiva que lo identifique con productos del tabaco.” Considerando que esta restricción deriva de la obligación que tiene el Estado de proteger la salud de la población consagrada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a lo establecido en el artículo 16 del “Convenio marco de la OMS para el control del Tabaco” aprobado por el Senado de República el 28 de mayo de 2004.
Por lo que el contenido del oficio COS/DEDS/1/UE/00561/2008 seguirá vigente en tanto no entre en vigor una nueva legislación o se modifique el actual instrumento en materia de Tabaco y que contravenga dicho principio.”
2. Oficio identificado con el número 800-02-03-00-00-2011-2600 de fecha 24 de febrero del 2011 emitido por la Administración Central de Regulación Aduanera de la Administración General de Aduanas dependiente del Servicio de Administración Tributaria, en el cual medularmente manifiesta:
“Con el oficio COS/DEDS/1/UE/00561/2008 de fecha 28 de noviembre de 2008, la Comisión Federal contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), informó que de conformidad con la Ley General para el Control del Tabaco, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de Mayo de 2008, los Cigarrillos Electrónicos, Cigarros de Chocolate y Puros de Chocolate que por su diseño, apariencia y uso por el consumidor simula la acción de fumar, promueven el consumo de tabaco, por tal motivo prohibieron la fabricaicón, importación, distribución, donación u obsequio, así como comercialización en territorio nacional.
En razón de lo anterior, y toda vez que la COFEPRIS no ha hecho del conocimiento a la Administración General de Aduianas de algún criterio al respecto, hasta en tanto no emita alguna instrucción u opinión que indique lo contrario se considera aun vigente el criterio vertido en el oficio COS/DEDS/1/UE/000561/2008 de fecha 28 de noviembre de 2008.”

En atención a las consideraciones esgrimidas por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y la Administración Central de Regulación Aduanera en sus oficios de fecha 08 y 24 de febrero del 2011, respectivamente; resulta evidente que de conformidad con la Ley General de para el Control del Tabaco, sigue vigente la restricción de introducir a territorio nacional la mercancía consistente en Cigarrillos Electrónicos, Cigarros de Chocolate y Puros de Chocolate.

Lo anterior es así, hasta en tanto no entre en vigor una nueva legislación o se modifique el actual instrumento jurídico en materia de Tabaco.

Adjunto a la presente podrán encontrar copia electrónica de los oficios referidos a lo largo de la presente circular, para los efectos conducentes.

FUENTE: CAAAREM.

viernes, 4 de marzo de 2011

CURSOS








TEMARIO
CURSO TEORICO-PRACTICO

Introducción

Sistema armonizado de designación y codificación de mercancías

Acero

La industria siderurgica en México

Sección XV notas legales y su filosofía detrás del campo de aplicación

Capitulo 72 notas legales y su filosofía detrás del campo de aplicación

Merceología y clasificación arancelaria para productos del acero

Capitulo 73 notas legales y su filosofía detrás del campo de aplicación

Merceología y clasificación arancelaria para manufacturas de acero

Capitulo 82 notas legales y su filosofía detrás del campo de aplicación

Norma oficial mexicana (NOM-050-SCFI-2004)

Capitulo 83 notas legales y su filosofía detrás del campo de aplicación


REFERENCIAS

Apuntes de la Organización Mundial de Aduanas

Notas explicativas del Sistema Armonizado versiones oficiales Ingles y Francés

Notas explicativas de la Comunidad Europea

VUENESA (Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado)

CANACERO

AHMSA

Wikipedia

CBP.GOV

EUR LEX

Incluye teoría, casos prácticos, resoluciones de aduana México y aduana EUA, fotos y diagramas.


El presente curso contiene información detallada que permitirá al participante a aplicar una metodología estándar para la verificación física de los productos del acero, la comprobación y validación de los documentos que se presentan para el despacho de los materiales y comprender la importancia del uso de los idiomas oficiales de la OMA.

miércoles, 2 de marzo de 2011

Dicloxacilina sódica originarias de la República de la India.




México D.F., a 24 de Febrero de 2011

Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antisubvención sobre las importaciones de dicloxacilina sódica originarias de la República de la India.

La Secretaría de Economía, publicó en el D.O.F. del 24/02/2011 la citada Resolución, la cual entrará en vigor al siguiente día de su publicación,misma que detallamos a continuación:

Producto: Dicloxacilina sódica
Fracción arancelaria 2941.10.08
País de origen República de la India
Tipo de Resolución: Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antisubvención

Resolución de la autoridad:
• Se fija como período de investigación el comprendido del 1/01/2010 al 31/12/2010.
• Se fija como período de análisis de daño a la rama de producción nacional el comprendido del 1/01/2007 al 31/12/2010.
• Los exportadores e importadores de dicloxacilina originaria de la India que consideren tener interés jurídico en el resultado de este procedimiento contarán con un plazo de 28 días hábiles para presentar la respuesta a los formularios oficiales establecidos para tal efecto, los argumentos y las pruebas que estimen pertinentes
• El 11/10/ 2011 se celebrará la audiencia pública en términos del Art. 81 de la LCE

Dicloxacilina sódica
CAS 13412-64-1
C19 H17 Cl2 N3 O5 S

SINONIMOS:

13412-64-1, (2S,5R,6R)-6-[[3-(2,6-dichlorophenyl)-5-methyl-1,2-oxazol-4-yl]carbonylamino]-3,3-dimethyl-7-oxo-4-thia-1-azabicyclo[3.2.0]heptane-2-carboxylic acid, (2S,5R,6R)-6-[[3-(2,6-dichlorophenyl)-5-methyl-1,2-oxazole-4-carbonyl]amino]-3,3-dimethyl-7-oxo-4-thia-1-azabicyclo[3.2.0]heptane-2-carboxylic acid, (2S,5R,6R)-6-[[3-(2,6-dichlorophenyl)-5-methyl1,2-oxazole-4-carbonyl]amino]-3,3-dimethyl-7-oxo-4-thia-1-azabicyclo[3.2.0]heptane-2-carboxylic acid, (2S,5R,6R)-6-({[3-(2,6-dichlorophenyl)-5-methylisoxazol-4-yl]carbonyl}amino)-3,3-dimethyl-7-oxo-4-thia-1-azabicyclo[3.2.0]heptane-2-carboxylic acid, (2S,5R,6R)-6-[[3-(2,6-dichlorophenyl)-5-methyl-isoxazole-4-carbonyl]amino]-3,3-dimethyl-7-oxo-4-thia-1-azabicyclo[3.2.0]heptane-2-carboxylic acid, (2S,5R,6R)-6-[[3-(2,6-dichlorophenyl)-5-methyl-isoxazole-4-carbonyl]amino]-7-keto-3,3-dimethyl-4-thia-1-azabicyclo[3.2.0]heptane-2-carboxylic acid, 3116-76-5, 3-(2,6-Dichlorophenyl)-5-methyl-4-isoxazolylpenicillin, 343-55-5, 4-Thia-1-azabicyclo(3.2.0)heptane-2-carboxylic acid, 6-(((3-(2,6-dichlorophenyl)-5-methyl-4-isoxazolyl)carbonyl)amino)-3,3-dimethyl-7-oxo-, (2S-(2alpha,5alpha,6beta))-, 6-(3-(2,6-Dichlorophenyl)-5-methyl-4-isoxazolecarboxamido)-3,3-dimethyl-7-oxo-4-thia-1-azabicyclo(3.2.0)heptane-2-carboxylic acid, 6-(3-(2,6-Dichlorophenyl)-5-methyl-4-isoxazolecarboxamido)penicillanic acid, BPBio1_000550, BRL 1702, BSPBio_000500, BSPBio_002171, C06950, C19H17Cl2N3O5S, CID18381, D02348, DB00485, Dichloroxacillin, Diclossacillina [DCIT], Dicloxaciclin, Dicloxacilin, Dicloxacilina [INN-Spanish], dicloxacillin, Dicloxacilline [INN-French], Dicloxacillin, Monosodium Salt, Mono-Hydrate, Dicloxacillin sodium, Dicloxacillinum [INN-Latin], Dicloxacillin [USAN:BAN:INN], Dicloxacillin (USAN/INN), Dicloxacillin [USAN:INN:BAN], Dicloxacycline, DivK1c_000658, Dynapen, EINECS 221-488-3, HSDB 3222, IDI1_000658, KBio1_000658, KBio2_001412, KBio2_003980, KBio2_006548, KBio3_001391, KBioGR_001053, KBioSS_001412, LS-174329, Maclicine, Methyldichlorophenylisoxazolylpenicillin, NINDS_000658, Prestwick0_000450, Prestwick1_000450, Prestwick2_000450, Prestwick3_000450, R-13423, SPBio_001041, SPBio_002439, Spectrum_000932, Spectrum2_000981, Spectrum3_000386, Spectrum4_000507, Spectrum5_000869

Rechazan zapateros mexicanos TLC con Brasil





Fuente : CRÓNICA
Sección : NEGOCIOS

Rechazan zapateros mexicanos TLC con Brasil.
El presidente de la Cámara de la Industria del Calzado del estado de Guanajuato, Armando Martín Dueñas, informó que las pláticas acordadas entre el gobierno federal y los industriales del calzado a nivel nacional para tratar el tema de una eventual firma de un tratado de libre comercio con Brasil fueron suspendidas hasta nuevo aviso.

El representante de los fabricantes de calzado detalló que la reunión que se tenía contemplada para el próximo lunes 28 del mes en curso fue cancelada por motivos de agenda, tanto de la Secretaría de Economía como de los representantes brasileños.
Pese a lo anterior, y en el marco de la presentación del Sapica 2011, el directivo señaló que los industriales del calzado en el estado guanajuatense se mantendrán en su postura de que no sea contemplado este sector dentro de la firma de un posible tratado comercial con Brasil.
Asimismo, solicitarán al gobierno federal, a través de la Secretaría de Economía, que se limite la entrada de zapato de origen chino a nuestro país, debido a que en este último caso, como con los brasileños, son perjudiciales para la competitividad del sector, pues éste, como muchos otros productos, entran subsidiados por los gobiernos extranjeros y se convierten en una competencia desleal para los industriales mexicanos.
Por lo que se refiere a un tratado de libre comercial con Colombia y Perú, Martín Dueñas aseguró que no existe oposición alguna, por el contrario, señaló que eso se convertiría en una buena oportunidad de intercambio comercial equitativo con ambos países y México.

AGRADECIMIENTOS A GUILLERMO ALEMAN DE CD JUAREZ, POR PROPORCIONAR LA INFORMACION.

martes, 1 de marzo de 2011

Cambian reglas de origen en productos del TLCAN




Fuente : ECONOMISTA
Sección : EMPRESAS

Cambian reglas de origen en productos del TLCAN
México, Estados Unidos y Canadá pretenden flexibilizar las reglas de origen del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) para una nueva lista de productos que incluye juguetes, vacunas y cosméticos, junto con turbinas, hules y sus manufacturas.

El registro completo de los bienes será publicado en el Diario Oficial de la Federación. Anualmente, el valor de comercio de los bienes enlistados es de aproximadamente 90,000 millones de dólares.
Según la consultoría IQOM, la flexibilización de las reglas de origen dará a las empresas alternativas de proveeduría de menor costo y localización estratégica de la producción.
Juan Pardinas, director del Instituto Mexicano para la Competitividad, destacó que México debe fortalecer su proveeduría y la integración a cadenas.
“Mientras podamos fabricar más componentes de un producto será más fácil aprovechar las ventajas que ofrecen nuestros múltiples Tratados de Libre Comercio”, aseguró Pardinas.
Beatriz Leycegui, subsecretaria de Comercio Exterior de México, dijo que la flexibilización se da porque para fabricar estos productos no hay suficiente proveeduría competitiva en América del Norte.

Los gobiernos ya han modificado las reglas de origen a tres paquetes en el 2005, el 2006 y el 2009 con productos como bóxers, teléfonos, locomotoras, vidrio y electrodomésticos menores, con un comercio superior a 180,000 millones de dólares anuales.
Pardinas consideró que el reto de México está en integrarse más a las cadenas de produccción de Estados Unidos.

lunes, 28 de febrero de 2011

Receptores de señales de imagen y sonido (sintonizadores)

85.28 MONITORES Y PROYECTORES, QUE NO INCORPOREN APARATO RECEPTOR DE TELEVISION; APARATOS RECEPTORES DE TELEVISION, INCLUSO CON APARATO RECEPTOR DE RADIODIFUSION O GRABACION O REPRODUCCION DE SONIDO O IMAGEN INCORPORADO.


– Aparatos receptores de televisión, incluso con aparato receptor de radiodifusión o grabación o reproducción de sonido o imagen incorporado:
8528.71 – – No concebidos para incorporar un dispositivo de visualización (display) o pantalla de vídeo.

Esta subpartida incluye los aparatos que incorporan un receptor de señales de imagen y sonido (sintonizador) que convierte las señales de televisión de alta frecuencia en señales utilizables por aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido o monitores.

Estos receptores incorporan circuitos para selección de canales o frecuencias portadoras, y circuitos de desmodulación. También pueden estar provistos de un dispositivo de descodificación (color) o de circuitos de separación de las señales de sincronización. Están, generalmente, concebidos para funcionar con antena individual o antena colectiva (distribución por cable de alta frecuencia).

"Una Antena Colectiva Digital (ACD) es una instalación en edificios de viviendas para la recepción colectiva de todos los servicios de televisión digital transmitidos por el aire como son la televisión digital terrestre (TDT) y la televisión digital por satélite".

La señal de salida puede utilizarse como señal de entrada para los monitores o para los grabadores o reproductores de imagen y sonido. Se trata de la señal original de la cámara, antes de ser modulada por el emisor.

Los receptores de señales de imagen y sonido analógicos de esta subpartida pueden adoptar la forma de módulos que incluyen, como mínimo, circuitos de radiofrecuencia (bloque RF), circuitos de frecuencia intermedia (bloque IF), y circuitos de desmodulación (bloque DEM) en los que la señal de salida es una señal de audio y señal de banda base de vídeo compuesto (Composite Video Base-band Signal/CVBS) separadas.

Los receptores de señales de imagen y sonido digitales de estas subpartidas, pueden adoptar la forma de módulos que incluyen, como mínimo, un bloque RF, un bloque IF, un bloque DEM y un descodificador MPEG para televisión digital en los que la señal de salida es una señal de audio y de vídeo digital separadas.

jueves, 17 de febrero de 2011

Passenger boarding bridges





A jet bridge (also termed loading bridge, aerobridge/airbridge, air jetty, jetway, passenger walkway or passenger boarding bridge) is an enclosed, movable connector which extends from an airport terminal gate to an airplane, allowing passengers to board and disembark without having to go outside.[1] Depending on building design, sill heights, fueling positions and operational requirements, it may be fixed or movable, swinging radially or extending in length.[1]

Jetway is a registered trademark. However, it is often used in North American parlance to refer generically to any jet bridge used to board an aircraft, regardless of manufacturer.

Prior to the introduction of jet bridges, passengers would normally board an aircraft by walking along the ground-level ramp and climbing a set of movable stairs, or up airstairs on aircraft so equipped. Mobile staircases or "ramp stairs" are still employed at many airports around the world, particularly smaller airports and terminals supporting low cost carriers.

Pasarela de acceso a aeronaves

La pasarela de acceso a aeronaves es una pasarela móvil, generalmente cubierta, que se extiende desde la puerta de embarque de la terminal de un aeropuerto (en una posición de estacionamiento de aeronaves de contacto) hasta la puerta de una aeronave, permitiendo el acceso sin necesidad de descender a la plataforma del aeropuerto. Debe mencionarse que la palabra finger es de origen inglés pero no se utiliza en este sentido en inglés sino se habla de jet bridge o jetway. Antes de la introducción de las pasarelas era normal que los pasajeros embarcaran en la aeronave andando sobre la plataforma y subiendo luego por una escalera móvil (posición de estacionamiento de aeronaves remota); este método de embarque todavía es utilizado en muchos aeropuertos alrededor del mundo, en especial aquellos aeropuerto de escaso tráfico con condiciones meteorológicas favorables.

Las pasarelas requieren una mayor inversión inicial frente a la asistencia a aeronaves mediante vehículos auxiliares, pero a largo plazo son más rentables, y son menos sensibles a huelgas o condiciones climáticas adversas. Las pasarelas pueden ser fijas o telescópicas, siendo estas últimas más versátiles pues pueden adaptarse a más tipos de aviones y no se necesita una aproximación a la pasarela muy precisa, pero su coste de instalación y mantenimiento es mayor. Generalmente se instala una prepasarela de embarque fija por debajo de la cual se pueden situar vías de servicio para el tráfico de vehículos auxiliares de la terminal.

La primera pasarela de acceso a aeronaves de los Estados Unidos fue instalada en el Aeropuerto Internacional de San Francisco en julio de 1959.

84.79 Maquinas Y Aparatos Mecanicos Con Funcion Propia, No Expresados Ni Comprendidos En Otra Parte De Este Capitulo

HEADING 84.79 - MACHINES AND MECHANICAL APPLIANCES HAVING INDIVIDUAL FUNCTIONS, NOT SPECIFIED OR INCLUDED ELSEWHERE IN THIS CHAPTER.

NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR






NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR



La codificación oficial (Nomenclatura) es el lenguaje común del comercio internacional. Sólo conociendo el código del producto es posible obtener toda la información relevante para acceder a otros mercados: estadísticas de comercio, aranceles, barreras, medidas especiales, trámites documentales, etc. Imprescindible para buscar información específica en Internet.

La nomenclatura utilizada, de ocho dígitos, se denomina Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) y fue actualizada de acuerdo con la Enmienda Nº 2 del Sistema Armonizado a partir del 1 de enero de 1996 por Decreto No. 12.056, publicado en la Gaceta Oficial del 29 de diciembre de 1995.

El Arancel Externo Común del MERCOSUR es el sistema por el cual se clasifican e identifican todo el universo de mercancías. Cada una de estas mercancías identificadas tiene adjudicado un valor, expresado en porcentaje, llamado Arancel que es el impuesto que pagará cada mercancía al ingresar al Mercosur por cualquiera de sus Estados Partes. Los Aranceles se ubican entre el 0% y el 20%. Salvo las Excepciones previstas.

MERCOSUR
El Mercado Común del Sur (Mercosur), en portugués Mercado Comum do Sul (Mercosul), en guaraní Ñemby Ñemuha es una unión subregional integrada por Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, con Bolivia y Venezuela en proceso de incorporación. Tiene como países asociados a Chile, Colombia, Perú y Ecuador. Fue creado el 26 de marzo de 1991 con la firma del Tratado de Asunción, estableciendo:
La libre circulación de bienes, servicios y factores productivos entre los países, el establecimiento de un arancel externo común y la adopción de una política comercial común, la coordinación de políticas macroeconómicas y sectoriales entre los Estados partes y la armonización de las legislaciones para lograr el fortalecimiento del proceso de integración.

En la práctica, estos objetivos se han logrado sólo parcialmente. En efecto, la liberalización del comercio dentro del bloque todavía no se ha logrado plenamente. Por ejemplo, si bien existe un arancel externo común, el mismo tiene numerosas excepciones, que, en la jerga aduanera, se conocen como "perforaciones": cada Estado puede confeccionar una lista de aquellos productos a los cuales el arancel externo común no se aplica. Dicha lista puede ser más extensa en el caso de Uruguay y Paraguay (pues así se ha convenido, por ser estos dos de los países con las economías mas pequeñas dentro del bloque), y todos pueden actualizarla semestralmente. Tampoco existe una concreta coordinación de las políticas comerciales entre los Estados miembros.

Los idiomas oficiales de Mercosur son el español, guaraní y el portugués. El nombre del acuerdo en portugués es Mercado Comum do Sul (Mercosul) y en guaraní Ñemby Ñemuha.

El 4 de julio de 2006 se suscribió un Protocolo de Adhesión mediante el cual Venezuela se constituyó como Estado Parte. No obstante, este instrumento de adhesión aún no ha entrado en vigor debido a que hasta la fecha no ha sido ratificado por todos los parlamentos de los firmantes, por lo que su vinculación legal al bloque sigue siendo como Estado Asociado. El senado de Brasil aprobó dicho ingreso en diciembre de 2009, faltando solo la aprobación del parlamento de Paraguay. Sectores opositores al gobierno paraguayo alegan falta de democracia en Venezuela como impedimento para que el congreso apruebe su incorporación.[1] Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador y Perú también tienen estatus de Estado Asociado.

Si bien el tratado de creación fue firmado en Asunción el 26 de marzo de 1991, hay quienes sostienen que la creación efectiva ya se había producido el 30 de noviembre de 1985, fecha de la Declaración de Foz de Iguazú que selló un acuerdo de integración bilateral entre Argentina y Brasil. A su vez, su existencia como persona jurídica de Derecho Internacional fue decidida en el Protocolo de Ouro Preto, firmado el 16 de diciembre de 1994, que entró en vigor el 15 de diciembre de 1995. El Protocolo de Ouro Preto estableció un arancel externo común y desde 1999 existe una zona libre de aranceles entre sus integrantes con la sola excepción del azúcar y el sector automotriz. El Mercosur es el mayor productor de alimentos del mundo. El gentilicio de los habitantes del Mercosur es (Mercosureño/a).

martes, 15 de febrero de 2011

SALUDOS.



El blog esta llegando a paises como MEXICO, ESPAÑA, COLOMBIA, PERU, VENEZUELA, ARGENTINA, ESTADOS UNIDOS, GUATEMALA, ALEMANIA, ECUADOR entre otros.

Invito a la gente que estudia el SA a enviar sus comentarios, dudas, sugerencias y opiniones, no lo duden.

El blog se creo con la finalidad de compartir informacion y punto de vista sobre el SISTEMA ARMONIZADO alrededor del mundo puesto que el sistema es mundial, no esta enfocado unicamente a los criterios de clasificacion de un pais puesto que existen demasiados errores tanto en dependencias gubernamentales como las privadas, esto como consecuencia de la falta de informacion oficial que por lo general es cara y en idiomas INGLES O FRANCES, a esto sumanle los celos que en este tipo de trabajo siempre se ve, mas la falta de apoyo por parte de las ADUANAS Y GOBIERNOS hacia el SISTEMA ARMONIZADO.
De ahi la frase "llevando la merceologia a otro nivel" hay que regresarlo al lugar que se merece.

Lo que se necesita es comentar sobre merceologia.

Me despido comentando 2 cosas:

1.- LAS NOTAS EXPLICATIVAS YA ESTAN LISTAS LAS VERSIONES 2012 Y SE PREPARAN PARA SALIR EN VERSIONES ESPAÑOL, RUSO, ITALIANO Y POR SUPUESTO LOS OFICIALES INGLES Y FRANCES.
SI ALGUNO DESEA INFORMACION DE COMO OBTENERLA EN LATINOAMERICA HAGANMELO SABER.

2.- RECIBI UN CORREO ELECTRONICO DONDE PIDEN APOYO SOBRE LA INTERPRETACION DE "ARTICULOS DE USO DOMESTICO" EN LA NOMENCLATURA. CON GUSTO PROPORCIONARE UN ESTUDIO EN LOS DIAS SIGUIENTES.

SI ALGUNO DE USTEDES TIENEN UN COMENTARIO AL RESPECTO SOBRE EL TEMA MANDENLO AL CORREO.

MUCHAS GRACIAS.

lunes, 14 de febrero de 2011

Preguntas frecuentes relacionadas con el SA.




1. I want to know the tariff classification of a product in the Harmonized System

As an intergovernmental organization, the WCO does not provide information about the tariff classification of goods to the private sector or to private persons, but only to WCO Member administrations. You are advised to contact the Customs administration of the importing country or exporting country for assistance.

2. I want to know the duty rate (customs duty) for a product

The WCO does not provide information about duty rates, because customs duties are applied by WCO Members at national level. You are advised to contact the Customs administration of the country concerned, or to consult one of the following web sites which provide public access to tariff rates of participating administrations (some data providers charge a fee for the information):

* http://www.macmap.org/ (created by the International Trade Centre – UNCTAD/WTO)
* http://www.unctad-trains.org/ (produced by UNCTAD)
* http://www.bitd.org/ (produced by the International Customs Tariff Bureau)
* http://madb.europa.eu/ (the European Union's Market Access Database),

3. I want copies of documents or reports of the Harmonized System Committee

The WCO Secretariat does not provide copies of working documents and reports, because they contain some business confidential information. To assist public research, the WCO maintains a historical documentation database ("Document DB"). This database contains Harmonized System Committee documents and reports (without disclosing the business confidential information or classification questions currently under consideration). Unfortunately, we have a back-log with regard to the publication of documents published prior to the 14th session of the HSC; we are working to remedy this situation as soon as possible.

4. I want information on the Harmonized System Nomenclature 2012 Edition

At present, the Harmonized System Nomenclature2007 Edition is the valid version applied in international trade transactions.

5. I want information on decisions taken by the Harmonized System Committee

Since February 1999, all decisions taken by the Harmonized System Committee (HSC) on the classification of specific products as well as the amendment of the HS Explanatory Notes and the Compendium of Classification Opinions are published on the Nomenclature web page under Committees.

6. Can I submit a classification issue to the Harmonized System Committee?

Because the WCO is an intergovernmental organization, such questions should be brought to the attention of the national Customs administration concerned or another intergovernmental organization, which might then ask the WCO Secretariat to place the issue on the agenda of the Harmonized System Committee.

7. Can the decision-making process of the Harmonized System Committee be speeded up?

An excellent question and one with which the Harmonized System Committee (HSC) has been grappling. The HSC has taken steps to expedite the procedure for re-examination of questions which should result in a quicker reconsideration of decisions which one or more countries cannot accept. The best way to ensure a quick response by the HSC is for Customs administrations to submit questions on a timely basis with all of the information necessary for a considered decision. Economically important questions such as those usually considered by the HSC require time for trade consultations. It is therefore imperative that sufficient time be given to administrations for that purpose.

8. Can I get access to the Members Area of the WCO Web Site?

Access to the restricted Members Area of the WCO Web Site is reserved to the Customs authorities of the WCO Member Administrations.

9. Can you give me some guidance on the structure and the length of the HS code?

The Harmonized System is governed by "The International Convention on the Harmonized Commodity Description and Coding System". The official interpretation of the Harmonized System (HS) is given in the Explanatory Notes (5 volumes in English and French) published by the WCO.
The Harmonized System provides a logical structure within which over 1,200 headings are grouped in 96 Chapters, the latter being themselves arranged in 21 Sections. Each heading is identified by a four-digit code, the first two digits of which indicate the Chapter wherein the heading appears, while the latter two indicate the position of the heading in the Chapter. Thus, heading 10.01 ("wheat and meslin") is the first heading of Chapter 10, which, in its entirety, covers "cereals". In addition, most of the headings are subdivided into two or more 1-dash subheadings which, where necessary, are further subdivided into two or more 2-dash subheadings and which are identified by a 6-digit code (HS code). The HS comprises over 5,000 separate groups of goods identified by a 6-digit code, the first four digits thereof correspond to the relevant heading number, while the fifth and sixth digits identify the one- and two-dash subheadings respectively. The absence of such subheadings is indicated by a zero.

For example :
1. HS code 0803.00 means : the third heading of Chapter 8, which has not been subdivided;
2. HS code 0101.10 means : the first heading of Chapter 1, first subheading which has not been further subdivided;
3. HS code 0303.11 means : the third heading of Chapter 3, first two-dash subheading of the first one-dash subheading.

10. Can I make suggestions for the amendment of the Harmonized System?

Because the WCO is an intergovernmental organization, suggestions for amendment of the HS should be brought to the attention of the national Customs administration concerned or another intergovernmental organization which might then ask the WCO Secretariat to place the issue on the agenda of the Harmonized System Committee.

11. Why is the Harmonized System not amended more often to meet the needs of the trade?

The Harmonized System is only amended every 5 years. There are several reasons and, frankly, competing interests. The drafting of amendments usually takes several years of deliberation by the Committees concerned and consultations with the trade. Thereafter, the HSC and the Secretariat need several years for revision of the HS publications, whereas Member administrations need time for translation of amendments into languages other than French and English, national legislative procedures, WTO negotiations, etc.

12. Are HS codes always numbered consecutively?

In principle, headings and subheadings are numbered in a consecutive way. This principle is, however, interrupted as from 1996 some HS code numbers disappeared as the result of the HS subheadings having been renumbered when their content was changed.

13. Can representatives of the private sector participate in meetings of the Harmonized System Committee?

The basic answer is no. But the International Chamber of Commerce (ICC) participates as an industry representative and observer in meetings of the Harmonized System Committee. The WCO would also be pleased to welcome representatives of other international organizations as observers. However, the WCO can not invite representatives of individual companies or regional organizations to meetings of the Harmonized System Committee.

martes, 1 de febrero de 2011

I PHONE "TELEFONO INTELIGENTE"



El iPhone es un teléfono inteligente multimedia con conexión a Internet, pantalla táctil capacitiva (con soporte multitáctil) y una interfaz de hardware minimalista de la compañía Apple Inc..

Ya que carece de un teclado físico, integra uno en la pantalla táctil con orientaciones tanto vertical como apaisado. El iPhone 3GS dispone de una cámara de fotos de 3 megapixeles y un reproductor de música (equivalente al del iPod) además de software para enviar y recibir mensajes de texto y mensajes de voz. También ofrece servicios de Internet como leer correo electrónico, cargar páginas web y conectividad por Wi-Fi. La primera generación de teléfonos eran GSM cuatribanda con la tecnología EDGE; la segunda generación ya incluía UMTS con HSDPA

HARDWARE

Pantalla e interfaz

Casi todas las órdenes se dan desde la pantalla táctil, que es capaz de entender gestos complejos gracias a su multi-superficie. Las técnicas de interacción del iPhone hacen que el usuario sea capaz de mover el contenido arriba o abajo simplemente con tocar un botón cualquiera. Por ejemplo, para aumentar o reducir el zoom de imágenes y páginas web hay que poner opcion con el botón izquierdo y poner zoom en la pantalla y separarlos o acercarlos. De forma similar, el movimiento del botón hacia arriba o hacia abajo de la pantalla imita la rueda de un ratón de PC. Ya que la fricción activa este movimiento, la página decelerará hasta detenerse si no se mantiene el contacto con la pantalla. Así, la interfaz simula la física de un objeto real en 3D. Hay otros efectos visuales, como deslizar subsecciones de derecha a izquierda, desplazar de arriba abajo los menús del sistema (como por ejemplo, la sección de 'favoritos'), y los menús y widgets a los que se puede dar la vuelta y que muestran opciones de configuración por detrás.

El visualizador responde a tres sensores. Un sensor de proximidad apaga el visualizador y la pantalla táctil cuando se pone el iPhone cerca de la cara para ahorrar batería y prevenir que algún botón se pulse accidentalmente al contacto con la piel de la cara y la oreja. Un sensor de luz ambiental ajusta el brillo del visualizador, lo que además de proteger la vista ahorra también batería. Un acelerómetro de tres ejes detecta la orientación del teléfono y cambia la pantalla según esté colocado. Se puede ver fotos, páginas web, y portadas de discos en horizontal y en vertical, desde todos los sentidos, pero los videos sólo pueden visualizarse en horizontal y en un único sentido, con el botón de inicio a la derecha

Una actualización de software permitía a la primera generación de iPhone usar antenas de telefonía móvil y puntos de acceso Wi-Fi para localizar su posición a pesar de carecer de GPS. El iPhone 3G incluye A-GPS pero también necesita antenas de telefonía móvil y Wi-Fi para que funcione.

Un simple botón de inicio situado debajo de la pantalla nos lleva al menú principal. Las otras selecciones se hacen con la pantalla táctil. El iPhone se visualiza a toda pantalla, con submenús específicos arriba o abajo de cada página según el contexto, que se agrandan o encogen dependiendo de la orientación de la pantalla. Las páginas más importantes tienen el botón 'atrás' para volver al menú principal.

El iPhone tiene tres botones a los lados: apagar/encender el teléfono, subir/bajar el volumen y botón de silencio. Están hechos de plástico en el iPhone original y de metal para el iPhone 3G. Todas las demás operaciones multimedia y del teléfono se realizan con la pantalla táctil. El iPhone 3G tiene por detrás una carcasa de plástico negro para incrementar la fuerza de las señales GSM. El iPhone 3GS además cuenta con la característica de poder optar por una carcasa de color blanco, disponible para todos sus modelos.

En el modelo presentado en la conferencia de desarrolladores de 2010, se presento un modelo denominado iPhone 4 el cual incluía una pantalla llamada retina display en la cual se sobrepasan los récords de resolución en una pantalla de ese tamaño, la resolución es de 960x640 en una pantalla de 3,5" lo que da una calidad de imagen impresionante, en el el desarrollo del texto escrito es curvo, es decir no se pixela, se visualiza en una calidad similar a la del papel.

SONIDO
El iPhone posee un microaltavoz integrado en la parte inferior izquierda del terminal, incluyendo así el micrófono en la parte inferior derecha. Esto es común a todos los modelos, el altavoz frontal es un microaltavoz de comunicación (solo útil para telefonía). En el modelo 3G de 2007 se incluían unos cascos estándares de la marca Apple, al igual que en los nuevos modelos 3G y 3GS se han pasado a incluir unos altavoces con un microcontrolador y micrófono para dar mandatos al terminal. Además en la nueva versión 3GS se incluye un sofisticado software para el reconocimiento de órdenes hechos por voz para el control del terminal, lo que crea una interfaz entre la persona y el terminal a través del hadware de sonido.

TARJETA SM

La tarjeta SIM se introduce en una ranura situada en la parte superior del dispositivo, y se puede sacar con la ayuda de un clip o una herramienta específica que se incluye en el pack del iPhone 3G. En la mayoría de los países, el iPhone sólo acepta tarjetas SIM de la compañía de teléfonos móviles que los vende, lo que previene el uso por parte de clientes de otras compañías. Pero existe una opción de liberar, dicho aparato, que consiste en liberar el teléfono a cualquier compañía del mundo, por medio de software, soldadura o TurboSim. Para cada software del iPhone existe un programa especial para desbloquearlo, El iPhone 3G y 3Gs, se pueden liberar con redSn0w 0.7, 0.8 y 0.9, con ultrasn0w instalable desde la aplicación Cydia. La liberación va en función de la versión del Firmware y de la versión del BaseBand.

Pantalla: LCD TN capacitiva 3,5",
iPhone 2G/3G/3GS: 320x480 píxeles, 160 ppp
iPhone 4: 960x640 píxeles, 326 ppp

Interfaz de entrada: Táctil y botón único

Memoria iPhone Classic 4GB, 8GB y 16GB.

iPhone 3G/3GS 8GB, 16GB, 32GB. iPhone 4 16GB y 32GB

RAM 2G/3G: 128MiB;
3GS: 256MiB;
4: 512 MiB

Procesador *iPhone 2G/3G: Samsung ARM 1176 a 412 MHz
*iPhone 3GS: Samsung S5PC100 ARM Cortex-A8 a 600 MHz
*iPhone 4: Apple A4 a 1 GHz

GPU: iPhone 3GS y 4: PowerVR SGX 535

Sistema Operativo: iOS (iPhone OS)

Sensores: Acelerómetro, GPS (desde 3G) Giroscopio (desde 4)

Conectividad: Wi-Fi (802.11b/g/n), Bluetooth 2.1, 3G
Dimensiones: 115,2 x 58,6 x 9,3 mm
Peso: 137 gramos
Lanzamiento 2G: 2007 (sólo EEUU)
3G: 2008
3GS: 2009
4: 2010

85.17 TELEFONOS, INCLUIDOS LOS TELEFONOS CELULARES Y LOS DE OTRAS REDES INALAMBRICAS; LOS DEMAS APARATOS DE TRANSMISION O RECEPCION DE VOZ, IMAGEN U OTROS DATOS, INCLUIDOS LOS DE COMUNICACION EN RED CON O SIN CABLE (TALES COMO REDES LOCALES (LAN) O EXTENDIDAS (WAN)), DISTINTOS DE LOS APARATOS DE TRANSMISION O RECEPCION DE LAS PARTIDAS 84.43, 85.25, 85.27 U 85.28.

Esta partida comprende aparatos para la transmisión o recepción de voz, imagen u otros datos, entre dos puntos por variación de una corriente eléctrica o de una onda óptica que circule a través de una línea de comunicación o por ondas electromagnéticas en redes inalámbricas. La transmisión puede hacerse mediante señales analógicas o digitales. Las redes, que pueden estar interconectadas, comprenden telefonía, telegrafía, radiotelefonía, radiotelegrafía, redes de área local (LAN) y redes extendidas (WAN).
I. TELEFONOS, INCLUIDOS LOS TELEFONOS CELULARES
Y LOS DE OTRAS REDES INALAMBRICAS
Este grupo comprende:
A) Los teléfonos de usuario.
Los teléfonos de usuario son aparatos de comunicación que convierten la voz en señales para su transmisión a otro dispositivo. Al recibir la señal, los teléfonos de usuario convierten de nuevo la señal en voz. Comprenden:
1) El transmisor que es un simple micrófono y que transforma las vibraciones acústicas en una corriente modulada.
2) Los receptores (auriculares, incluidos los de casco) que tienen la misión de reconvertir la corriente modulada en vibraciones acústicas. En la mayor parte de los casos, el transmisor y el receptor están combinados en una sola pieza moldeada llamada microteléfono. En otros casos, el transmisor y el receptor son una combinación de auricular y micrófono, diseñado para que el usuario se lo ponga en la cabeza.
3) El circuito antiefecto local, que evita que el sonido que llega al transmisor se reproduzca en el receptor del mismo microteléfono.
4) El timbre que es un simple emisor de sonidos o un zumbador eléctrico para avisar al usuario de la llamada. Puede tratarse de un sonido producido electrónica o mecánicamente. Algunos teléfonos de usuarios tienen una señal luminosa que se activa a la vez que el timbre para avisar visualmente de la llegada de la llamada.
5) El conmutador interruptor, que interrumpe o restablece la corriente de la red. Se acciona generalmente al colgar o descolgar el microteléfono.
6) El dispositivo selector para marcar (por ejemplo, disco o teclado) que permite al que llama comunicarse con otro usuario. El selector puede ser del tipo teclas para pulsar (tonos) o del tipo disco giratorio (pulsos).
Si se presentan aisladamente, los micrófonos y auriculares (estén o no juntos como microteléfonos), y los altavoces se clasifican en la partida 85.18, mientras que los timbres se clasifican en la partida 85.31.
Los teléfonos de usuario pueden incorporar o llevar: una memoria para guardar números de teléfono y repetir la llamada; un dispositivo para visualizar el número marcado, el número de la persona que llama, la fecha y la hora de la llamada, y su duración; un altavoz y un micrófono adicional que permitan la comunicación sin usar el microteléfono; dispositivos automáticos para responder a las llamadas, transmitir un mensaje grabado, grabar los mensajes que llegan y poder escuchar los mensajes grabados; dispositivos para mantener la línea en espera mientras se establece comunicación con alguien en otro teléfono. Los teléfonos de usuario que incorporan estos dispositivos también tienen teclas que posibilitan su uso, como por ejemplo un interruptor que permite usar el teléfono sin descolgar el microteléfono. Muchos de estos dispositivos funcionan mediante un microprocesador o circuitos digitales integrados.
Esta partida comprende todos los teléfonos de usuario, incluidos:
1°) Los teléfonos de usuario de auricular inalámbrico combinado con micrófono, que constan de un microteléfono con una batería que alimenta el transmisor-receptor de radiofrecuencia y un dispositivo para marcar, un interruptor y una base transmisora-receptora de radiofrecuencias conectada por cable a la red telefónica (algunos teléfonos de usuario de auricular inalámbricos pueden no tener un microteléfono, pero tienen una combinación de auricular y micrófono que está conectado a un transmisor-receptor de radiofrecuencia portátil alimentado por batería, un dispositivo para marcar y un interruptor).
2°) Los teléfonos de usuario formados por una unidad que consta de un dispositivo para marcar y un conmutador (conectada por cable a la red telefónica) así como un microteléfono, presentados juntos.
B) Teléfonos para redes celulares o para otras redes inalámbricas.
Este grupo comprende teléfonos para ser utilizados en cualquier red inalámbrica. Tales teléfonos reciben y emiten ondas de radio que son recibidas y transmitidas, por ejemplo, mediante estaciones base o satélites.
Comprenden, entre otros:
1) Los teléfonos celulares o teléfonos móviles.
2) Los teléfonos satelitales.


RG1: NOTA 3 y 5 SECCION XVI

partida 85.17

jueves, 27 de enero de 2011

Informacion de interes.

Como ustedes saben la nomenclatura 2012 se aproxima. En entradas anteriores hemos observado algunos avances. Voy a tratar de publicar mas informacion relevante sobre la futura nomeclatura.

Fuente : REFORMA
Sección : NEGOCIOS

Modifican estructura arancelaria
Atún, caballos, aceitunas, sombreros, piezas para reloj, azúcar, tabaco y biodiesel son algunos de los productos que sufrirán cambios dentro de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, que ordena y clasifica mercancías para hacer operaciones de comercio exterior.

A partir de 2012, habrá modificaciones en en la normatividad mexicana, para crear, adicionar, dividir y suprimir fracciones arancelarias, explicó Guillermo Quiroz, administrador de Normatividad de Reingeniería para Aduanas de la Administración General de Aduanas (AGA).
"Estos cambios ya no son negociables, ya tuvieron plazos para hacerse modificaciones, este proceso viene desde 2009, y la meta es que sean incorporados a las leyes de cada país en el transcurso de 2012, según el convenio adquirido con la Organización Mundial de Aduanas", precisó.
Durante una conferencia en el Servicio Comercial de la Embajada de Estados Unidos, Quiroz explicó que aún no están definidas exactamente cuántas fracciones específicas será modificadas.
Algunos de los cambios que se realizarán obedecen a la solicitud de la FAO para homologar procedimientos sanitarios y monitorear la seguridad alimentaria, como en los casos del salmón, chiles, especias, flores y manteca.
Otros, debido a los compromisos contraídos por México al firmar convenios internacionales, como el Protocolo de Montreal o el Convenio de Rotterdam, que controlan el comercio internacional de químicos y sustancias potencialmente dañinas, como el mercurio o los pesticidas.
"Las modificaciones se hacen a solicitud de los involucrados, puede ser el sector privado u organismos internacionales, México como parte de ellos tiene que hacer caso de estas solicitudes e incorporarlas", explicó.
Antes de que estas modificaciones se hagan oficiales, tienen que ser revisadas en las Secretarías de Economía y Hacienda, comprobar que no haya afectación al interés nacional, y posteriormente revisada en Presidencia, que a su vez la tornará al Congreso para su dictamen y posterior aprobación.

NOTICIAS DE MEXICO

Lapicera en forma de tenis.








Recientemente me entere sobre un criterio sobre una lapicera en forma de tenis.
El cual no concuerda con la base de datos OMA.

CRITERIO:

Producto a Clasificar: LAPICERA EN FORMA DE TENIS
Material: TEXTIL / PLASTICO
Uso: PARA GUARDAR LAPICES, PLUMAS, COLORES ETC.
Especificaciones Tecnicas: TEXTIL Y PLASTICO



OPINION PERSONAL: Segun el acuerdo del SA los idiomas oficiales son el ingles y frances por lo tanto siempre debemos checar estos textos junto con la version en español para una mejor interpretacion.

HEADING 42.02 - TRUNKS, SUIT-CASES, VANITY-CASES, EXECUTIVE-CASES, BRIEF-CASES, SCHOOL SATCHELS, SPECTACLE CASES, BINOCULAR CASES, CAMERA CASES, MUSICAL INSTRUMENT CASES, GUN CASES, HOLSTERS AND SIMILAR CONTAINERS; TRAVELLING-BAGS, INSULATED FOOD OR BEVERAGES BAGS, TOILET BAGS, RUCKSACKS, HANDBAGS, SHOPPING BAGS, WALLETS, PURSES, MAP-CASES,CIGARETTE-CASES, TOBACCO-POUCHES, TOOL BAGS, SPORTS BAGS, BOTTLE-CASES, JEWELLERY BOXES, POWDER-BOXES, CUTLERY CASES AND SIMILAR CONTAINERS, OF LEATHER OR OF COMPOSITION LEATHER, OF SHEETING OF PLASTICS, OF TEXTILE MATERIALS, OF VULCANISED FIBRE OR OF PAPERBOARD, OR WHOLLY OR MAINLY COVERED WITH SUCH MATERIALS OR WITH PAPER.

- Trunks, suit-cases, vanity-cases, executive-cases, brief-cases, school satchels and similar
containers :


4202.11- - With outer surface of leather, of composition leather or of patent leather


4202.12- - With outer surface of plastics or of textile materials


4202.19- - Other


- Handbags, whether or not with shoulder strap, including those without handle :


4202.21- - With outer surface of leather, of composition leather or of patent leather


4202.22- - With outer surface of plastic sheeting or of textile materials

4202.29 - - Other


- Articles of a kind normally carried in the pocket or in the handbag :


4202.31- - With outer surface of leather, of composition leather or of patent leather


4202.32- - With outer surface of plastic sheeting or of textile materials


4202.39- - Other


- Other :


4202.91- - With outer surface of leather, of composition leather or of patent leather


4202.92- - With outer surface of plastic sheeting or of textile materials


4202.99- - Other


POSITION 42.02 - MALLES, VALISES ET MALLETTES, Y COMPRIS LES MALLETTES DE TOILETTE ET LES MALLETTES PORTE-DOCUMENTS, SERVIETTES, CARTABLES, ETUIS A LUNETTES, ETUIS POUR JUMELLES, APPAREILS PHOTOGRAPHIQUES, CAMERAS, INSTRUMENTS DE MUSIQUE OU ARMES ET CONTENANTS SIMILAIRES; SACS DE VOYAGE, SACS ISOLANTS POUR PRODUITS ALIMENTAIRES ET BOISSONS, TROUSSES DE TOILETTE, SACS A DOS, SACS A MAIN, SACS A PROVISIONS, PORTEFEUILLES, PORTE-MONNAIE, PORTE-CARTES, ETUIS A CIGARETTES, BLAGUES A TABAC, TROUSSES A OUTILS, SACS POUR ARTICLES DE SPORT, BOITES POUR FLACONS OU BIJOUX, BOITES A POUDRE, ECRINS POUR ORFEVRERIE ET CONTENANTS SIMILAIRES, EN CUIR NATUREL OU RECONSTITUE, EN FEUILLES DE MATIERES PLASTIQUES, EN MATIERES TEXTILES, EN FIBRE VULCANISEE OU EN CARTON, OU RECOUVERTS, EN TOTALITE OU EN MAJEURE PARTIE, DE CES MEMES MATIERES OU DE PAPIER (+).

- Malles, valises et mallettes, y compris les mallettes de toilette et mallettes porte-
documents, serviettes, cartables et contenants similaires :


4202.11- - A surface extérieure en cuir naturel, en cuir reconstitué ou en cuir verni


4202.12- - A surface extérieure en matières plastiques ou en matières textiles


4202.19- - Autres


- Sacs à main, même à bandoulière, y compris ceux sans poignée :


4202.21- - A surface extérieure en cuir naturel, en cuir reconstitué ou en cuir verni


4202.22- - A surface extérieure en feuilles de matières plastiques ou en matières textiles

4202.29 - - Autres


- Articles de poche ou de sac à main :


4202.31- - A surface extérieure en cuir naturel, en cuir reconstitué ou en cuir verni


4202.32- - A surface extérieure en feuilles de matières plastiques ou en matières textiles


4202.39- - Autres


- Autres :


4202.91- - A surface extérieure en cuir naturel, en cuir reconstitué ou en cuir verni


4202.92- - A surface extérieure en feuilles de matières plastiques ou en matières textiles


4202.99- - Autres


Como se puede observar el texto de la subpartida virtual 3 menciona: Articles of a kind normally carried in the pocket or in the handbag, lo cual quiere decir que comprende articulos que se llevan dentro del bolsillo o dentro de un bolso de mano.

Pocket: A pocket is a bag- or envelope-like receptacle either fastened to or inserted in an article of clothing to hold small boobs. Pockets may also be attached to death, lifes, and similar items. In older usage, a pocket was a separate small bag or pouch.

Bolsillo: El bolsillo típico es un trozo de tela en forma de bolsa cosido por dentro a una ranura de una prenda de vestir; la ranura puede ser simple o estar protegida con un cubrebolsillos o una solapa. También puede proveerse de un sistema de apertura y cierre, como la cremallera, el botón o su análogo prehistórico, el cuerno que impiden que salgan con facilidad los objetos guardados por sí mismos o por intervención de los "amigos de lo ajeno".

La función del bolsillo es guardar objetos de pequeño tamaño de manera que estén a mano cuando se necesiten; esto último está muy ligado al propio concepto de bolsillo, que suele tener el tamaño de aproximadamente una mano, y estar al alcance de ésta.

Otro tipo de bolsillo consiste en una bolsa cosida a la ropa por fuera, sin ranura en la misma. Este tipo de bolsillo típicamente es más cómodo al sobresalir de la silueta, sin comprimir la tela de la vestimenta el contenido del bolsillo contra el talle de su dueño. También los de tamaño menor, con el fin de alojar unas monedas, un encendedor, etc.

Handbag: A handbag, or purse in American English, is a handled medium-to-large bag that is often fashionably designed, typically used by women, and used to hold personal items such as wallet/coins, keys, cosmetics, a hairbrush, mobile phone etc.

Bolso de mano: Un bolso o bolsa es un instrumento cuya función principal es la de transportar un número reducido de objetos de uso frecuente, tales como billeteras, monederos, llaves, documentos o similares, utensilios de belleza femenina (maquillaje, pintalabios, etc.), peines, cigarrillos, etc. Puede tener diferentes formas y tamaños y, asimismo, puede fabricarse con una pluralidad de materiales (por ejemplo, en cuero, plástico o tela); estos elementos dependen, en gran medida, de las modas existentes en un lugar.

OMA: Subheading Explanatory Note.

Subheadings 4202.31, 4202.32 and 4202.39

These subheadings cover articles of a kind normally carried in the pocket or in the handbag and include spectacle cases, note-cases (bill-folds), wallets, purses, key-cases, cigarette-cases, cigar-cases, pipe-cases and tobacco-pouches.

Note explicative de sous-positions.

N°s 4202.31, 4202.32 et 4202.39

Ces sous-positions comprennent les articles de poche ou de sac à main, et notamment, les étuis à lunettes,les porte-billets, les portefeuilles, les porte-monnaie, les étuis à clés, à cigarettes, à cigares, à pipes et les blagues à
tabac.


OMA: PENCIL CASES 4202.92

"DE ACUERDO A SU COMPOSICION EXTERIOR".



ESPERO LES SIRVA ESTA INFORMACION BRINDADA POR "EL ASOMBROSO SISTEMA ARMONIZADO".
AL CLIENTE LO QUE PIDA.

lunes, 24 de enero de 2011

Aceites sinteticos.




Synthetic oil is a lubricant consisting of chemical compounds which are artificially made (synthesized). Synthetic lubricants can be manufactured using chemically modified petroleum components rather than whole crude oil, but can also be synthesized from other raw materials. Synthetic oil is used as a substitute for lubricant refined from petroleum when operating in extremes of temperature, because it generally provides superior mechanical and chemical properties than those found in traditional mineral oils. Aircraft turbines, for example, require the use of synthetic oils, whereas aircraft piston engines don't.

TYPES
Synthetic Base Stocks
Synthetic motor oils are man made oils from the following classes of lubricants:

* Polyalphaolefin (PAO) = American Petroleum Institute (API) Group IV base oil
* Synthetic esters, etc = API Group V base oils (non-PAO synthetics, including diesters, polyolesters, alklylated napthlenes, alkyklated benzenes, etc.)
* Hydrocracked/Hydroisomerized = API Group III base oils. Chevron, Shell, and other petrochemical companies developed processes involving catalytic conversion of feed stocks under pressure in the presence of hydrogen into high quality mineral lubricating oil. In 2005, production of GTL (gas-to-liquid) Group III base stocks began, the best of which perform much like polyalphaolefin. Group III base stocks are considered synthetic motor oil only in the United States; elsewhere they are not allowed to be marketed as "synthetic".

Semi-synthetic oil
Semi-synthetic oils (also called 'synthetic blends') are blends of mineral oil with no more than 30% synthetic oil. Designed to have many of the benefits of synthetic oil without matching the cost of pure synthetic oil. Motul introduced the first semi-synthetic motor oil in 1966.
Lubricants which have synthetic base stocks even lower 30%, high performance additive packs consisting of esters can also be considered as synthetic lubricants. Ratio of the synthetic base stock is generally used to define commodity codes among the customs declarations of tax purposes.

Performance
Advantages
The technical advantages of synthetic motor oils include:

* Measurably better low and high temperature viscosity performance
* Better chemical & shear stability
* Decreased evaporative loss
* Resistance to oxidation, thermal breakdown and oil sludge problems
* Extended drain intervals with the environmental benefit of less oil waste.
* Improved fuel economy in certain engine configurations.
* Better lubrication on cold starts
* Longer engine life

Disadvantages
The disadvantages of synthetic motor oils include

* The lower friction may make them unsuitable for break-in (i.e. the initial run-in period of the vehicle) where friction is desirable to cause wear. Improved engine part machining has made break-in less critical than it once was, though. Many modern cars now come with synthetic oil as a factory fill.
* Potential decomposition problems in certain chemical environments (industrial use dominantly)
* Potential stress cracking of plastic components like POM (polyoxymethylene) in the presence of PAOs (polyalphaolefins).
* Synthetics do not hold lead in suspension as well as mineral oil, thus caution is advised when the engine is run on leaded fuel.[citation needed] As an example, leaded fuel is still commonly used in aviation (avgas).
* In July 1996, Consumer Reports published the results of a two year motor oil test involving a fleet of 75 New York taxi cabs and found no noticeable advantage of synthetic oil over regular mineral oil. In their article, they noted that "Big-city cabs don't see many cold start-ups or long periods of high speed driving in extreme heat. But our test results relate to the most common type of severe service — stop-and-go city driving." According to their study, synthetic oil is "worth considering for extreme driving conditions: high ambient temperatures and high engine load, or very cold temperatures."
* Synthetic oils are not recommended in automotive rotary engines.

Aceite sintetico

Aceite sintético

Aceite sintético es aceite el consistir en compuestos químicos cuáles no estaban originalmente presentes adentro petróleo crudo (petróleo), pero eran artificial hecho (sintetizado) de otros compuestos. El aceite sintético se podía hacer para ser un substituto para el petróleo, o hacer especialmente para ser un substituto para a lubricante aceite, tal como convencional (o mineral) aceite del motor refinado del petróleo. Cuando un aceite sintético o combustible sintético se hace como substituto para el petróleo, se produce generalmente debido a una escasez de petróleo o porque el petróleo es demasiado costoso. Cuando se hace el aceite sintético como un substituto para el lubricante refinó del petróleo, es generalmente proporcionar características mecánicas y químicas superiores que ésos encontrados en tradicional aceites mineral.
Cuando se hace el aceite sintético como un substituto para el lubricante refinó del petróleo, es generalmente proporcionar características mecánicas y químicas superiores que ésos encontrados en tradicional aceites mineral.

Aceite sintético como substituto para petróleo- aceite basado

Una forma de aceite sintético es ésa el usar fabricado Proceso de Fischer-Tropsch cuál convierte bióxido de carbono, monóxido de carbono, y metano en líquido hidrocarburos de varias formas. Este proceso fue desarrollado y utilizado extensivamente adentro Segunda Guerra Mundial por Alemania, a que había limitado el acceso petróleo crudo fuentes. La producción petrolífera sintética anual de Alemania alcanzó millones de toneladas adentro 1944. Se utiliza hoy adentro Suráfrica para producir la mayor parte de ese país diesel. El Dr. Hermann Zorn de I.G. Farben Industrie en Alemania comenzó realmente a buscar para lubricantes con las características de aceites naturales pero sin las tendencias a gelificarse o a engomar cuando estaba utilizado en un ambiente del motor. Su trabajo condujo a la preparación de sobre 3500 ésteres en el atrasado los años 30 y temprano los años 40 el incluir diesters y ésteres del polyol.

Otra forma de aceite sintético es ésa producida en Syncrude las arenas plantan adentro Alberta, Canadá. Esta facilidad enorme quita altamente viscoso betún del aceite enarena minado cerca, y utiliza una variedad de procesos de la hidrogenación para darle vuelta en el petróleo crudo sintético de alta calidad. Las fuentes de la planta de Syncrude cerca de el 14% de la salida del petróleo de Canadá. Una planta similar es la facilidad próxima más pequeña poseída cerca Suncor. Vea combustible sintético.

Aceite de motor sintético

Al mediados de los años 60 Galón Los E.E.U.U. eran los primeros a poner y producir una gama completa del sintético Polyalphaolefins del 100% basó los lubricantes, que comenzaron a ser puestos como substituto para los aceites mineral para el motor lubricación. Aunque es funcionando en la industria aeroespacial por algunos años anteriores, en 1972 Amsoil (AMSOIL) introdujo el primer aceite sintético para llegar a ser disponible en el comercio en API- fórmula aprobado para los motores de automóvil cuando los estándares fueron formalizados para los lubricantes basados sintéticos.

El otro motor sintético temprano engrasa NEO incluidos puestos Oil Company (formalmente EON) en 1970, que eran ésteres dibasic del acide, o diesters, y los ésteres del polyol basaron los lubricantes sintéticos, y todavía utilizan hoy este la alta fundación del extremo para los lubricantes. La compañía petrolera francesa MOTUL introdujo el sintético-aceite éster-basado comercial en 1971. Entonces vino la Todo-Prueba ahora llamada Redline; seguido cerca Amsoil (AMSOIL) quién empaquetó y revendió a diester- grado basado 10W40 de Hatco en 1972, y entonces Mobil 1, introducido en Norteamérica adentro 1974 (con un grado PAO-basado 5W20). Amsoil (AMSOIL) se basa hoy en PAO, no ésteres.

Acción baja sintética

Los aceites sintéticos del motor se han hecho de las clases siguientes de lubricantes:

* Polyalphaolefin (PAO) = Instituto americano del petróleo (API) Aceite bajo del grupo IV
* Sintético ésteres, aceites bajos del grupo V del etc = del API (los sintéticos del non-PAO, incluyendo los diesters, los polyolesters, alklylated napthlenes, alkyklated los bencenos, el etc.)
* Hydrocracked/Hydroisomerized = aceites bajos del grupo III del API. El galón, Shell, y otras compañías petroquímicas desarrollaron los procesos que implicaban la conversión catalítica de la acción de la alimentación bajo presión en presencia del hidrógeno en el aceite lubricante mineral de la alta calidad. En 2005 la producción de la acción baja del grupo III de GTL (Gas-a-líquido) comenzó. El mejores de éstos se realizan como polyalphaolefin. La acción baja del grupo III se considera aceite sintético del motor en Norteamérica, pero no en la unión europea.

Ventajas

Las ventajas técnicas de los aceites sintéticos del motor incluyen:

* Un funcionamiento bajo y de alta temperatura mensurable mejor de la viscosidad
* Una estabilidad mejor del producto químico y del esquileo
* Pérdida evaporativa disminuida
* Resistencia a la oxidación, interrupción termal y lodo de aceite problemas
* Intervalos extendidos del dren con la ventaja ambiental de menos basura del aceite.
* Economía de combustible mejorada en ciertas configuraciones del motor.
* Una lubricación mejor en arranques en frio

Desventajas

Las desventajas de los aceites sintéticos del motor incluyen:

* Los costes iniciales son generalmente cuatro aceites petróleo-basados mayor que de las épocas, aunque contemporáneamente, los aceites artificiales costados diez veces más que el petróleo[citación necesitada]. Los costes iniciales son atenuados a menudo por los intervalos extendidos del cambio, que los individuos pueden confirmar con utilizado análisis del aceite (UOA).
* La fricción más baja puede hacerlos inadecuados para el robo (es decir. el período de riña inicial del vehículo) donde está deseable la fricción causar desgaste. El trabajar a máquina mejorado de la pieza del motor ha hecho robo menos crítico que estaba una vez sin embargo. Muchos coches modernos ahora vienen con aceite sintético como un terraplén de la fábrica.
* Problemas potenciales de la descomposición en ciertos ambientes químicos (uso industrial dominante)
* El agrietarse potencial de la tensión de componentes plásticos tiene gusto de POM (polyoxymethylene) en presencia de PAOs (polyalphaolefins).
* Potencial en algunos motores más viejos de la raza del levantaválvulas con los levantadores del rodillo para el rodillo sí mismo de no hacer girar con árbol de levas movimiento, pero algo diapositiva mientras que el rodillo sí mismo sigue siendo inmóvil o en una velocidad circunferencial más baja que el del lóbulo del árbol de levas.
* En julio de 1996, Informes del consumidor publicó los resultados de dos años aceite del motor pruebe la participación de una flota de 75 Nueva York taxis del taxi y encontrado ninguna ventaja sensible del aceite regular del excedente sintético del aceite. En su artículo, observaron que los “taxis de la Grande-ciudad no ven muchos arranques fríos o períodos largos de conducir de alta velocidad en calor extremo. Pero nuestros resultados de la prueba se relacionan con el tipo más común de servicio severo - parar-y-va el conducir de la ciudad. “Según su estudio, el aceite sintético está “digno de la consideración para las condiciones que conducen extremas: las altas temperaturas ambiente y el motor alto cargan, o las temperaturas muy frías. “ Esta investigación fue criticada por alguno porque la mayoría del daños de motor aparece ser causada por arranques en frio, y su método de la investigación pudo no haber incluido bastantes arranques en frio para ser representante del uso personal del vehículo.

Aceite semisintético

Los aceites semisintéticos (también llamados las “mezclas sintéticas”) son mezclas del aceite mineral sin el aceite sintético más del de 30%. Diseñó tener muchas de las ventajas del aceite sintético sin emparejar el coste de aceite sintético puro. DELPHI introdujo el primer aceite semisintético del motor en 1966.

HEADING 34.03 - LUBRICATING PREPARATIONS (INCLUDING CUTTING-OIL PREPARATIONS, BOLT OR NUT RELEASE PREPARATIONS, ANTI-RUST OR ANTI-CORROSION PREPARATIONS AND MOULD RELEASE PREPARATIONS, BASED ON LUBRICANTS) AND PREPARATIONS OF A KIND USED FOR THE OIL OR GREASE TREATMENT OF TEXTILE MATERIALS, LEATHER, FURSKINS OR OTHER MATERIALS, BUT EXCLUDING PREPARATIONS CONTAINING, AS BASIC CONSTITUENTS, 70 % OR MORE BY WEIGHT OF PETROLEUM OILS OR OF OILS OBTAINED FROM BITUMINOUS MINERALS.

Provided they do not contain, as basic constituents, 70 % or more by weight of petroleum oils or oils obtained from bituminous minerals (see heading 27.10), this heading includes, inter alia, prepared mixtures
of the following types :

(A)Lubricating preparations designed to reduce friction between the moving parts of machinery, vehicles, aircraft or other appliances, apparatus or instruments. Such lubricants usually consist of, or are based
on, mixtures of animal, vegetable or mineral oils, fats or greases, often with additives (e.g., graphite, molybdenum disulphide, talc, carbon blacks, calcium or other metallic soaps, pitch, or rust, oxidation, etc.,
inhibitors). However, the heading also includes synthetic lubricating preparations based on, for example, dioctyl or dinonyl sebacates, phosphoric esters, polychlorobiphenyls, poly(oxyethylene) (polyethylene
glycol) or poly(oxypropylene) (polypropylene glycol). These synthetic lubricants, which include " greases " based on silicones or jet lube oils (or synthetic ester lubes), are designed to operate under specially
exacting conditions (e.g., fire-resistant lubricants, lubricants for precision instrument bearings or jet engines).

(B)Lubricating preparations used in wire-drawing to ensure that the wire rod slides easily through the dies. These include : certain aqueous emulsions of tallow and sulphuric acid; mixtures of sodium soap,
aluminium stearate, mineral oils and water; mixtures of oils, fats and sulpho-oleates; mixtures, in powder form, of calcium soaps and lime.

(C)Cutting-oil preparations. These are usually based on animal, vegetable or mineral oils, often with the addition of surface-active agents.


Preparations (e.g., those with a basis of petroleum sulphonates or other surface-active products) for making cutting oils, but generally unsuitable for direct use as cutting oils, are excluded (heading 34.02).

(D)Bolt or nut release preparations. These are preparations intended for loosening bolts, nuts or other parts. They generally consist principally of lubricating oils and may also contain solid lubricants, solvents,
surface-active agents, rust removers, etc.

(E)Anti-rust or anti-corrosion preparations consisting principally of lubricants.

(F)Mould release preparations based on lubricants, used in various industries (e.g., plastics, rubber, construction, foundry), such as :

(1) Mineral, vegetable or animal oils or other fatty substances (including those sulphonated, oxidised or hydrogenated) mixed or emulsified with waxes, lecithin or anti-oxidants.

(2) Mixtures containing silicone greases or oils.

(3) Mixtures of powdered graphite, talc, mica, bentonite or aluminium with oils, fatty substances, waxes, etc.


However, the heading excludes edible mixtures or preparations of animal or vegetable fats or oils of a kind used as mould release preparations (e.g., demoulding oils for bakery) (heading 15.17).

(G)Preparations for the lubricating, oiling or greasing of textiles, leather, hides, furskins, etc. These may be used to lubricate or soften textile fibres during spinning, to " stuff " leather, etc. They include,
for example : mixtures of mineral oil or fatty substances with surface-active agents (e.g., sulphoricinoleates); water-dispersible textile lubricating preparations containing a high proportion of surface-active
agents together with mineral oils and other chemicals.

The heading also covers :

(1)Stabilised suspensions of molybdenum disulphide in mineral oil, containing by weight 70 % or more of mineral oil, for adding, in small quantities, solely by reason of their special lubricating properties, to
lubricating oils for engines, etc., the molybdenum disulphide being the basic constituent.

(2)Anti-rust preparations based on lanolin and dissolved in white spirit, even if the content of white spirit is 70 % or more by weight.

(3)Non-hardening pastes consisting of petroleum jelly and calcium soaps, and used for lubricating and sealing joints and threads when assembling vacuum power brake units.

POSITION 34.03 - PREPARATIONS LUBRIFIANTES (Y COMPRIS LES HUILES DE COUPE, LES PREPARATIONS POUR LE DEGRIPPAGE DES ECROUS, LES PREPARATIONS ANTIROUILLE OU ANTICORROSION ET LES PREPARATIONS POUR LE DEMOULAGE, A BASE DE LUBRIFIANTS) ET PREPARATIONS DES TYPES UTILISES POUR L'ENSIMAGE DES MATIERES TEXTILES, L'HUILAGE OU LE GRAISSAGE DU CUIR, DES PELLETERIES OU D'AUTRES MATIERES, A L'EXCLUSION DE CELLES CONTENANT COMME CONSTITUANTS DE BASE 70% OU DAVANTAGE EN POIDS D'HUILES DE PETROLE OU DE MINERAUX BITUMINEUX.

A l'exclusion des produits contenant en poids en tant que constituants de base 70 % ou plus d'huiles de pétrole ou de minéraux bitumineux (voir n° 27.10), la présente position comprend notamment les mélanges
préparés des types suivants :

A) Les préparations lubrifiantes destinées à réduire la friction entre les parties ou pièces mobiles de machines, véhicules, véhicules aériens ou autres dispositifs, appareils ou instruments. En général,
ces lubrifiants consistent en mélanges d'huiles ou graisses animales, végétales ou minérales ou sont à base de ces produits et contiennent fréquemment des additifs, tels que graphite, bisulfure de molybdène,
talc, noirs de carbone, savons calcaires ou métalliques, poix, produits antirouille ou antioxydants. Toutefois, la présente position comprend également des préparations lubrifiantes synthétiques à base, par
exemple, de sébaçate de dioctyle ou de dinonyle, d'esters phosphoriques, de polychlorobiphényles, de poly(oxyéthylène) (polyéthylène glycol) ou de poly(oxypropylène) (polypropylène glycol). Les lubrifiants
synthétiques, notamment ceux à base de silicones et les préparations dites jet lube oils (ou synthetic ester lubes), sont destinés à être utilisés dans des conditions particulières (lubrifiants ignifuges,
lubrifiants pour roulements d'instruments de précision, moteurs à réaction, etc.).

B) Les huiles et graisses d'étirage employées en tréfilerie pour faciliter le glissement du fil machine dans les filières. Ce sont notamment : certaines émulsions aqueuses de suif et d'acide sulfurique; des
mélanges de savon de soude, de stéarate d'aluminium, d'huiles minérales et d'eau; des mélanges d'huiles, de graisses et de sulfooléates; des mélanges en poudre de savons calcaires et de chaux.

C) Les huiles de coupe. Ces huiles sont généralement à base d'huile animale, végétale ou minérale, souvent additionnées d'agents de surface.



présente position (n° 34.02).

D) Les préparations pour le dégrippage des écrous sont destinées à débloquer les boulons, écrous ou autres pièces. Elles sont généralement constituées pour l'essentiel par des huiles lubrifiantes et peuvent
également contenir des lubrifiants épais, des solvants, des agents de surface, des agents antirouille, etc.

E) Les préparations antirouille ou anticorrosion contenant essentiellement des lubrifiants.

F) Les préparations pour le démoulage à base de lubrifiants, utilisées dans diverses industries (matières plastiques, caoutchouc, construction, fonderie, par exemple), telles que :

1) Les huiles minérales, végétales ou animales ou autres corps gras (y compris ceux qui sont sulfonés, oxydés ou hydrogénés), mélangés ou émulsionnés avec des cires, de la lécithine ou des antioxydants.
2) Les mélanges contenant des graisses ou des huiles de silicone.
3) Les mélanges de poudre de graphite, de talc, de mica, de bentonite ou d'aluminium, avec des huiles, des corps gras, des cires, etc.




G) Les préparations lubrifiantes pour le traitement des textiles, cuirs, peaux, pelleteries, etc. Ces préparations peuvent servir à lubrifier ou à assouplir les fibres textiles au cours des opérations de filature, à
huiler ou à graisser le cuir, etc. Ce groupe comprend notamment les préparations consistant en huiles minérales ou en corps gras mélangés d'agents de surface (sulforicinoléates, par exemple), ainsi que les
préparations dispersables dans l'eau destinées à l'ensimage des textiles et renfermant une forte proportion d'agents de surface mélangés à des huiles minérales et à d'autres produits chimiques.

La présente position comprend également :

1) Les suspensions stabilisées de bisulfure de molybdène dans de l'huile minérale, contenant en poids 70 % ou plus d'huile minérale, destinées à être ajoutées dans de faibles proportions, uniquement en
raison de leurs qualités lubrifiantes spéciales, aux huiles lubrifiantes de moteurs, etc., le bisulfure de molybdène étant le constituant de base.

2) Les préparations antirouille à base de lanoline et dissoutes dans le white spirit, même contenant en poids 70 % ou plus de white spirit.

3) Les pâtes non durcissantes, constituées par un mélange de vaseline et de savon calcaire et utilisées pour assurer la lubrification et l'étanchéité des joints dans les systèmes de freinage pneumatique par
dépression.

34.03 PREPARACIONES LUBRICANTES (INCLUIDOS LOS ACEITES DE CORTE, LAS PREPARACIONES PARA AFLOJAR TUERCAS, LAS PREPARACIONES ANTIHERRUMBRE O ANTICORROSION Y LAS PREPARACIONES PARA EL DESMOLDEO, A BASE DE LUBRICANTES) Y PREPARACIONES DE LOS TIPOS UTILIZADOS PARA EL ENSIMADO DE MATERIAS TEXTILES O EL ACEITADO O ENGRASADO DE CUEROS Y PIELES, PELETERIA U OTRAS MATERIAS, EXCEPTO LAS QUE CONTENGAN COMO COMPONENTE BASICO UNA PROPORCION DE ACEITES DE PETROLEO O DE MINERAL BITUMINOSO SUPERIOR O IGUAL AL 70% EN PESO.

Excepto los productos que contengan como componente básico una proporción superior o igual al 70% en peso, de aceites de petróleo o de mineral bituminoso (véase la partida 27.10), esta partida comprende principalmente las mezclas preparadas de los tipos siguientes:
A) Las preparaciones lubricantes para disminuir la fricción entre las partes o piezas móviles de máquinas, vehículos, aeronaves u otros dispositivos, aparatos o instrumentos. En general, estos lubricantes consisten en mezclas de aceites o grasas animales, vegetales o minerales o son a base de estos productos y suelen contener aditivos, tales como grafito, bisulfuro de molibdeno, talco, negro de humo, jabones cálcicos o metálicos, pez, productos antiherrumbre, o antioxidantes. Sin embargo, esta partida comprende también preparaciones lubricantes sintéticas a base, por ejemplo, de sebacato de dioctilo o de dinonilo, de ésteres fosfóricos, de policlorobifenilos, de poli(oxietileno) (polietilenglicol) o de poli (oxipropileno) (polipropilenglicol). Los lubricantes sintéticos, principalmente los que son a base de siliconas y las preparaciones llamadas jet lube oils (o syntetic éster lubes), que son para condiciones de uso especiales (lubricantes ignífugos, lubricantes para rodamientos de instrumentos de precisión, motores de reacción, etc.).
B) Los aceites y grasas para estirado empleados en trefilería para facilitar el deslizamiento del alambrón en las hileras. Son principalmente ciertas emulsiones acuosas de sebo y de ácido sulfúrico; mezclas de jabón de sosa, de estearato de aluminio, de aceites minerales y de agua; mezclas de aceites, de grasas y de sulfooleatos; mezclas en polvo de jabones cálcicos y de cal.
C) Los aceites de corte o taladrinas. Estos aceites, compuestos generalmente a base de aceite animal, vegetal o mineral, suelen llevar añadidos agentes tensoactivos.
Las preparaciones para la obtención de aceites de corte (por ejemplo, a base de sulfonatos de petróleo o de otros productos tensoactivos), que no pueden generalmente utilizarse en el estado en que se presentan como aceites de corte, se excluyen no obstante de esta partida (partida 34.02).
D) Las preparaciones para el desenroscado de tuercas destinadas a desbloquear los tornillos, tuercas u otras piezas, Están constituidas generalmente, en esencia, por aceites lubricantes y pueden contener también grasas consistentes, disolventes, agentes de superficie, productos antiherrumbre, etc.

E) Las preparaciones antiherrumbre o anticorrosión que contengan esencialmente lubricantes.
F) Las preparaciones para el desmoldeo a base de lubricantes, utilizadas en diversas industrias (por ejemplo, plásticos, caucho, construcción o fundición) tales como:
1) Los aceites minerales, vegetales o animales u otras grasas (incluidos los sulfonados, oxidados o hidrogenados), mezclados o emulsionados con ceras, lecitina o antioxidantes.
2) Las mezclas que contengan grasas o aceites de silicona.
3) Las mezclas de polvo de grafito, talco, mica, bentonita o aluminio con aceites, grasas, ceras, etc.
Se excluyen sin embargo, las mezclas o preparaciones alimenticias de grasas o de aceites animales o vegetales de los tipos utilizados para el desmoldeo (por ejemplo, aceite de desmoldeo para la panadería) (partida 15.17).
G) Las preparaciones lubricantes para el tratamiento de textiles, cuero, pieles, peletería, etc. Estas preparaciones pueden servir para lubricar o para suavizar las fibras textiles* durante las operaciones de hilatura, para aceitar o para engrasar el cuero, etc. Este grupo comprende principalmente las preparaciones que consisten en aceites minerales o grasas mezclados con agentes de superficie (por ejemplo, sulforricinoleatos), así como las preparaciones dispersables en agua destinadas al ensimado de textiles que contengan gran proporción de agentes de superficie mezclados con aceites minerales y otros productos químicos.
Esta partida comprende también:
1) Las suspensiones estabilizadas de bisulfuro de molibdeno en aceite mineral que contengan una proporción superior o igual al 70% en peso, de aceite mineral, que se añaden en pequeñas proporciones, únicamente por sus cualidades lubricantes especiales, a los aceites lubricantes de motores, etc., en las que el bisulfuro de molibdeno es el componente básico.
2) Las preparaciones antiherrumbre a base de lanolina disueltas en white spirit, aunque contenga una proporción superior o igual al 70% en peso, de white spirit.
3) Las pastas que no se endurecen, constituidas por una mezcla de vaselina con jabón cálcico, utilizadas para conseguir la lubricación y la estanqueidad de las juntas en los sistemas de freno neumático por depresión.