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viernes, 28 de mayo de 2010

CONSULTA "KAVAHEALTH" 21.06



¡Wow! Te agradezco en demasía el que te hayas tomado la molestia para dar respuesta a mis inquietudes. Bueno, efectivamente, soy estudiante de Administración en la UNAM, en el DF.



La razón por la que quiero clasificar el producto es porque en una de mis asignaturas nos dejaron (a mi equipo y a mí) como proyecto final hacer un Plan de Exportación. Lamentablemente mi maestra no nos ha orientado en NADA y sólo nos dijo “háganlo”. En fin, lo que nos está deteniendo es la clasificación arancelaria del producto, ya que como mencionas puede haber varias partidas posibles. Y ya vimos la importancia de dicha clasificación porque es la clave de acceso –en buena medida- al mercado internacional, empezando por el TARIC.



Te anexo un bosquejo de nuestro plan de exportación (lo que llevamos hasta el momento), ahí viene la descripción del producto y las posibles partidas que le he colocado.



Empecé por el capítulo 12 porque menciona PLANTAS MEDICINALES, sin embargo en un Acuerdo (ACUERDO por el que se dan a conocer las Notas Explicativas de la Tarifa Arancelaria) de la SE, México, menciona que si ya es una mezcla más elaborada de extractos de plantas no le corresponde esa partida, bueno, es lo que entiendo por



“Sin embargo, se excluyen de la presente partida los productos de este tipo constituidos por plantas o partes de plantas, semillas o frutos de especies diferentes (incluso con plantas o partes de plantas que correspondan a otras partidas) o por plantas o partes de plantas de una o varias especies mezcladas con otras sustancias (por ejemplo, uno o varios extractos de plantas) (partida 21.06)”.



Lo que resulta en lo que tú aconsejas, empero no es un alimento o ¿se debe entender como alimento cualquier cosa que se ingiera y no solamente comida? Aunque en el citado acuerdo menciona en que la partida comprende (punto 14)



“Los productos constituidos por una mezcla de plantas o partes de plantas (incluidas las semillas o frutos) de especies diferentes o por plantas o partes de plantas (incluidas las semillas o frutos) de una o varias especies mezcladas con otras sustancias, así como uno o varios extractos de plantas, que no se consuman directamente sino que se utilizan para preparar infusiones o tisanas (por ejemplo, aquéllas que tienen propiedades laxantes, purgantes, diuréticas o carminativas), incluidos los productos que alivian ciertas dolencias o contribuyen a mantener el organismo en buen estado de salud”



Y creo que esto tiene que ver con nuestro producto ¿No es así?



Además, tienes razón, si al estrés se le confunde con una patología, y no es una enfermedad como tal, el producto no es un medicamento (ergo no va en la partida 30.03 o subsecuentes)…he aquí el meollo del asunto.



De acuerdo, ya me alargué demasiado, no quiero abusar de tu amabilidad y tu tiempo. Agradezco nuevamente la atención prestada. Ojalá que con la información que te envío me puedas ayudar con mi problema existencial del esplendoroso número SA que nos corresponde para continuar nuestro andar por el Plan de Exportación.



P.D. Creo que voy compartiendo tu perspectiva de que el SA es perfecto. Poco antes de recibir tu correo me encontré con un documento que mencionaba que hasta cualquier mercancía “no inventada” tenía lugar dentro del SA y creo que es cierto ya que con tanta subclasificación de “los demás” eso es posible. Creo que en lo posterior sí sería bueno tomar una plática de esto porque además de ser interesante también es útil e importante si me quiero dedicar a comercio internacional o algo por el estilo. ¿A ti cuanto tiempo te llevó comprenderlo al 100%?



Saludos desde el más acá.

Atte. Karina Diaz


Hola vi tu comentario:
KARINA DIAZ
Mmm... No creo que el SA sea tan asombroso como dices, llevo varios días tratando de clasificar un producto y entre más le "rasco", más posibilidades hay de clasificarlo, entonces mi no entender.

Ahhh nunca creí que existiera un blog que tratara de esto, pero ya que te encontré... no quisieras ayudarme? O al menos darme una pista? Ándale

Bueno, si te interesa quiero clasificar un producto a base de Pasiflora y Kava Kava, es para "combatir el estrés"... Dime, está bien si lo dejo en 12113090? o sería en el capítulo 30??? S.O.S... kadime666@yahoo.com.mx

Veras, el sistema armonizado es tan perfecto que toda mcia. tiene su lugar, solo que necesitas saber que es una filosofia que sigue un sistema progresivo de - a +, clasificado en 2 grupos.
Si realmente te gusta el sistema te recomiendo tratar de ir a cursos de introduccion pero que la persona que te lo explique realmente sea bueno.
En fin Karina de donde me escribes??? QUE PAIS, CIUDAD, ESTADO, TU EDAD, PUESTO, PROFESION O ESTUDIANTE....

Ojala me `puedas mandar una hoja de especificaciones del producto ya que existen partidas posibles, asi es que hasta no ver el contenido de tu producto no puedo opinar con claridad
Veras del capitulo 30 tal vez por mi experiencia no puede ser ya que posiblemente te refieras a una mezlca que solo se usa para aliviar un dolor como el cansancio o el estres...esto no es de uso medico. Hay confusion ya que si dejas que crezca la regularidad que aparece el estres, esto te trae graves consecuencias como las enfermedades.

Checta esto en wikipedia:
Estrés (del inglés stress, ‘fatiga’) es una reacción fisiológica del organismo en el que entran en juego diversos mecanismos de defensa para afrontar una situación que se percibe como amenazante o de demanda incrementada.
El estrés es una respuesta natural y necesaria para la supervivencia, a pesar de lo cual hoy en día se confunde con una patologia Esta confusión se debe a que este mecanismo de defensa puede acabar, bajo determinadas circunstancias que abundan en ciertos modos de vida, desencadenando problemas graves de salud. Cuando esta respuesta natural se da en exceso se produce una sobrecarga de tensión que se ve reflejada en el organismo y en la aparición de enfermedades, anomalías y anormalidades patológicas que impiden el normal desarrollo y funcionamiento del cuerpo humano.

La patología —del griego, estudio (λογία, logía) del sufrimiento o daño (πάθος, mani;o pathos)— es la parte de la medicina encargada del estudio de las enfermedadesen su más amplio sentido, es decir, como procesos o estados anormales de causas conocidas o desconocidas.

Si lo que formas es un te lo mas seguro es que sea de la 21.06

30.04 Medicamentos (excepto los productos de las partidas 30.02, 30.05 o 30.06) constituidos por productos mezclados o sin mezclar, preparados para usos terapEuticos o profilActicos, dosificados (incluidos los administrados por vIa transdErmica) o acondicionados para la venta al por menor

Las diversas disposiciones enunciadas en el texto de la partida no se aplican a los alimentos ni a las bebidas (tales como: alimentos dietéticos, alimentos enriquecidos, alimentos para diabéticos, bebidas tónicas y aguas minerales naturales o artificiales), que siguen su propio régimen. Tal es, esencialmente, el caso de las preparaciones alimenticias que sólo contienen sustancias nutritivas. Los elementos nutritivos más importantes contenidos en los alimentos son las proteínas, los carbohidratos y las grasas. Las vitaminas y las sales minerales también desempeñan un papel en la alimentación.

Lo mismo ocurre con los alimentos y bebidas con sustancias medicinales agregadas, desde el momento en que estas sustancias no tengan otro propósito que el de crear un mejor equilibrio dietético, aumentar el valor energético o nutritivo del producto o modificar el sabor, siempre que no priven al producto del carácter de preparación alimenticia.

Por otra parte, los productos consistentes en una mezcla de plantas o partes de plantas solas o mezcladas con otras sustancias, empleadas para hacer infusiones o “tisanas” (por ejemplo, aquéllas que tienen propiedades laxantes, purgantes, diuréticas o carminativas), incluidos los productos que ofrecen alivio a dolencias o contribuyen a la salud y bienestar general, también se excluyen de esta partida (partida 21.06).

Además, esta partida no comprende los complementos alimenticios que contengan vitaminas o sales minerales, que se destinen a conservar el organismo en buen estado de salud, pero que no tengan indicaciones relativas a la prevención o al tratamiento de una enfermedad. Estos productos, que se presentan comúnmente en forma de líquidos, pero que pueden presentarse también en polvo o en comprimidos, se clasifican generalmente en la partida 21.06 o en el Capítulo 22.

Por el contrario, quedan clasificadas aquí las preparaciones en las que las sustancias alimenticias o las bebidas se utilizan como simple soporte, excipiente o edulcorante de las sustancias medicinales, principalmente para facilitar su ingestión.

L.C.E. HERIBERTO RIOS PORTILLO.

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