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martes, 22 de noviembre de 2011

Cuotas compensatorias impuestas sobre las importaciones de cierto tipo de tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta




México D.F., a 18 de Noviembre de 2011

Resolución final del examen de vigencia y de la revisión de oficio de las cuotas compensatorias impuestas sobre las importaciones de cierto tipo de tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta ori-ginarias de los EUA (DOF 18/11/2011)

A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:


La Secretaría de Economía publicó en el DOF de fecha 18/11/2011, la citada Resolu-ción, la cual entrará en vigor al siguiente día de su publicación, misma que detallamos a continuación:

Producto: Cierto tipo de tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta

Fracción arance-laria 7305.11.01 y 7305.12.01
País de origen Estados Unidos de América
Tipo de Resolu-ción Resolución final del examen de vigencia y de la revisión de oficio de cuotas compensatorias
Resolución de la autoridad 1. Declara concluidos los procedimientos de examen de vigencia y de la revisión de oficio de las cuotas compensatorias sobre las importaciones del producto en comento.


2. Impone una cuota compensatoria de 4.04% a las importaciones del pro-ducto que fabrica y exporta Berg a partir del día siguiente de la presente Resolución en el DOF, así mismo, resuelve mantener vigentes las si-guientes cuotas compensatorias por 5 años más, contados a partir del 28/05/2010.
3.
a. de 6.77% para las importaciones del producto que fabrica y exporta Berg Steel Pipe Corporation (actualmente Berg Europipe Holding Cor-poration en adelante “Berg-I”, empresa propietaria de la que comparece en estos procedimientos).

b. de 25.43% para las importaciones de todas las demás exportadoras de Estados Unidos.

Nota: De los documentos notariales que presentó Berg en la Resolución preliminar de la revisión de oficio de las cuotas compensatorias sobre las importaciones de cierto tipo de tubería de acero al carbono con cos-tura longitudinal recta (DOF 26/03/2011), se desprende lo siguiente:
• En 1992 las empresas Daval Investors, Inc. y Berg Steel Pipe Corporation se fusionaron (la primera como fusionante y la se-gunda como fusionada).
• A raíz de esa fusión se resolvió cambiar la denominación social de la fusionante Daval Investors Inc. a Berg Steel Pipe Corp. (Berg-I, la empresa a la que se le determinó una cuota com-pensatoria específica).

• En 2008 Berg Steel Pipe Corp. cambió su denominación social a Berg Europipe Holding Corp. y constituyó a Berg Panama City Corp. como su subsidiaria y le transfirió el molino de acero tu-bular y sus activos conexos.
• En 2008 Berg Panama City Corp. cambia de denominación so-cial y retoma el nombre de Berg Steel Pipe Corp.




• A partir de la información aportada, la Secretaría constató que Berg es subsidiaria de Berg-I y que son personas morales dis-tintas, toda vez que Berg es sucesora de todos los derechos y obligaciones asociados a todos los activos y pasivos de Berg Europipe Holding según el “Acuerdo de Cesión y Aceptación” que ambas empresas celebraron.
• En base a lo anterior, la Seceretaría determino que existen 2 personas morales distintas: aquélla a la que se le determinó la cuota compensatoria individual (Berg-I), y otra constituida más recientemente (Berg), por lo que, Las cuotas compensatorias aplicables a una empresa no le son extensibles automáticamen-te a todas sus subsidiarias, y por lo tanto la Secretaría determi-no una cuota individual.






Antecedentes





DOF 27/05/2005
DOF 18/05/2010
DOF 29/03/2011

martes, 8 de noviembre de 2011

ACERO SECCION XV





Acero es la denominación que comúnmente se le da en ingeniería metalúrgica a una aleación de hierro con una cantidad de carbono variable entre el 0,1 y el 2,1% en peso de su composición, aunque normalmente estos valores se encuentran entre el 0,2% y el 0,3%. Si la aleación posee una concentración de carbono mayor al 2,0% se producen fundiciones que, en oposición al acero, son quebradizas y no es posible forjarlas sino que deben ser moldeadas.

No se debe confundir el acero con el hierro, que es un metal relativamente duro y tenaz, con diámetro atómico (dA) de 2,48 Å, con temperatura de fusión de 1.535 °C y punto de ebullición 2.740 °C. Por su parte, el carbono es un no metal de diámetro menor (dA = 1,54 Å), blando y frágil en la mayoría de sus formas alotrópicas (excepto en la forma de diamante). La difusión de este elemento en la estructura cristalina del anterior se logra gracias a la diferencia en diámetros atómicos.

El acero conserva las características metálicas del hierro en estado puro, pero la adición de carbono y de otros elementos tanto metálicos como no metálicos mejora sus propiedades físico-químicas.

Existen muchos tipos de acero en función del o los elementos aleantes que estén presentes. La definición en porcentaje de carbono corresponde a los aceros al carbono, en los cuales este no metal es el único aleante, o hay otros pero en menores concentraciones. Otras composiciones específicas reciben denominaciones particulares en función de múltiples variables como por ejemplo los elementos que predominan en su composición (aceros al silicio), de su susceptibilidad a ciertos tratamientos (aceros de cementación), de alguna característica potenciada (aceros inoxidables) e incluso en función de su uso (aceros estructurales). Usualmente estas aleaciones de hierro se engloban bajo la denominación genérica de aceros especiales, razón por la que aquí se ha adoptado la definición de los comunes o "al carbono" que además de ser los primeros fabricados y los más empleados, sirvieron de base para los demás. Esta gran variedad de aceros llevó a Siemens a definir el acero como «un compuesto de hierro y otra sustancia que incrementa su resistencia».

Los dos componentes principales del acero se encuentran en abundancia en la naturaleza, lo que favorece su producción a gran escala. Esta variedad y disponibilidad lo hace apto para numerosos usos como la construcción de maquinaria, herramientas, edificios y obras públicas, contribuyendo al desarrollo tecnológico de las sociedades industrializadas. A pesar de ello existen sectores que no utilizan acero (como la construcción aeronáutica), debido a su densidad (7.850 kg/m³ de densidad en comparación a los 2.700 kg/m³ del aluminio, por ejemplo).

Decreto: Modifica diversos aranceles de la Tarifa de la LIGIE (DOF 9/II/2010)

DECRETO: Decreto: Modifica diversos aranceles de la Tarifa de la LIGIE (DOF 9/II/2010)
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el Art. 89, fracc. I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los Arts. 131 de la propia Constitución; 31 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; y 4o., fracc I, 12 y 13de la LCE, y

CONSIDERANDO

Que la política arancelaria del Gobierno Federal está orientada a promover la facilitación del comercio internacional como un instrumento para aumentar la competitividad de las exportaciones;

Que con objeto de homologar el nivel arancelario de los diferentes segmentos de la cadena productiva y proporcionar una mayor congruencia al tratamiento de los sectores industriales del país para hacer más eficientes sus operaciones de comercio exterior, es necesario ajustar la desgravación arancelaria prevista en la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE) para productos primarios y materiales intermedios;

Que el sector del acero requiere ampliar la gradualidad de las medidas de reducción arancelaria instrumentadas, para propiciar una mayor eficiencia en sus operaciones de comercio exterior e ir ajustando sus procesos productivos en respuesta a la medida, por lo que es conveniente modificar la desgravación arancelaria prevista en el rubro de láminas y tubos;

Que a efecto de equilibrar las condiciones de acceso de ciertos productos finales importados al mercado mexicano, así como eliminar incongruencias arancelarias entre las distintas cadenas productivas industriales, es necesario ajustar la desgravación prevista en la TIGIE para bienes de los sectores de abrasivos y de grifería doméstica, adecuándose las etapas de reducción de dichos bienes para homologar su arancel con el de mercancías con características similares y no generar inconsistencias en la política arancelaria;

Que a partir del 1 de enero de 2010, ciertas fracciones arancelarias contenidas en el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial están totalmente libres de arancel en la TIGIE, por lo que se hace necesario ajustar dicho instrumento para eliminar de los diferentes programas las fracciones que están exentas del pago de arancel, a fin de que tengan un tratamiento mucho más favorable en la Tarifa que en este esquema de excepción, y

Que conforme a lo dispuesto en la LCE, las medidas arancelarias a que se refiere el presente Decreto fueron opinadas favorablemente por la Comisión de Comercio Exterior, he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO

I.- Modificaciones a la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

ARTÍCULO 1.- Se modifican los aranceles de la TIGIE, publicada el 18/VI/2007Tarifa 2007 Vigente y sus modificaciones posteriores, únicamente en lo que se refiere a las siguientes fracciones arancelarias:
CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

Unidad

IMPUESTO

IMP.

EXP.
6805.10.01 De anchura superior a 1800 mm.
Kg

5

Ex.
6805.10.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
6805.20.01 Con soporte constituido solamente por papel o cartón.
Kg

5

Ex.
6805.30.01 Con soporte de otras materias.
Kg

5

Ex.
7308.30.01 Puertas, ventanas y sus marcos.
Kg

7

Ex.
7308.30.99 Los demás.
Kg

7

Ex.
7308.90.01 Barandales; balcones; escaleras.
Kg

7

Ex.
7308.90.02 Estructuras desarmadas consistentes en armaduras, columnas y sus placas de asiento, ménsulas, planchas de unión, tensores y tirantes, aun cuando se presenten con tuercas y demás partes para la construcción.
Kg

7

Ex.
7308.90.99 Los demás.
Kg

7

Ex.
7309.00.02 Tambores de acero al carbono, recubiertos interiormente con materias plásticas artificiales, con espesor de pared igual o superior a 1.5 mm.
Kg

Ex.

Ex.
7309.00.03 Barriles o tambores, excepto lo comprendido en las fracciones 7309.00.01 y 7309.00.02.
Kg

Ex.

Ex.
7310.10.02 Tambores estañados electrolíticamente en su interior, con capacidad superior a 200 l.
Pza

Ex.

Ex.
7310.10.04 Tanques de lámina rolada embutida con membrana de polietileno y diafragma de hule, sin accesorios periféricos.
Pza

Ex.

Ex.
7310.29.01 Barriles o tambores, excepto lo comprendido en la fracción 7310.29.05.
Kg

Ex.

Ex.
7310.29.04 Cilíndricos, con tapa, recubiertos interiormente con barniz fenólico, con diámetro interior igual o superior a 280 mm sin exceder de 290 mm, altura igual o superior a 310 mm sin exceder de 330 mm, asa de alambre con asidera de plástico y arandela de caucho para cierre a presión.
Kg

Ex.

Ex.
7312.10.03 Cable flexible (cable Bowden) constituido por alambres de acero cobrizado enrollado en espiral sobre alma del mismo material, con diámetro inferior o igual a 5 mm.
Kg

Ex.

Ex.
7313.00.01 Alambre de púas, de hierro o acero; alambre (simple o doble) y fleje, torcidos, incluso con púas, de hierro o acero, de los tipos utilizados para cercar.
Kg

7

Ex.
7317.00.01 Clavos para herrar.
Kg

5

Ex.
7317.00.99 Los demás.
Kg

7

Ex.
8481.80.02 Grifería sanitaria de uso doméstico.
Kg

15

Ex.

ARTÍCULO 2.- Se modifican los aranceles de la TIGIE, publicada el 18/VI/2007Tarifa 2007 Vigente y sus modificaciones posteriores, únicamente en lo que se refiere a las siguientes fracciones arancelarias:
CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

Unidad

IMPUESTO

IMP.

EXP.
7208.10.01 De espesor superior a 10 mm.
Kg

5

Ex.
7208.10.02 De espesor superior a 4.75 mm pero inferior o igual a 10 mm.
Kg

5

Ex.
7208.10.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7208.25.01 De espesor superior a 10 mm.
Kg

5

Ex.
7208.25.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7208.26.01 De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4.75 mm.
Kg

5

Ex.
7208.27.01 De espesor inferior a 3 mm.
Kg

5

Ex.
7208.36.01 De espesor superior a 10 mm.
Kg

5

Ex.
7208.37.01 De espesor superior o igual a 4.75 mm pero inferior o igual a 10 mm.
Kg

5

Ex.
7208.38.01 De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4.75 mm.
Kg

5

Ex.
7208.39.01 De espesor inferior a 3 mm.
Kg

5

Ex.
7208.40.01 De espesor superior a 4.75 mm.
Kg

5

Ex.
7208.40.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7208.51.01 De espesor superior a 10 mm, excepto lo comprendido en las fracciones 7208.51.02 y 7208.51.03.
Kg

5

Ex.
7208.51.02 Placas de acero de espesor superior a 10 mm, grados
SHT-80, SHT-110, AR-400, SMM-400 o A-516.
Kg

5

Ex.
7208.51.03 Placas de acero de espesor superior a 70 mm, grado A-36.
Kg

5

Ex.
7208.52.01 De espesor superior o igual a 4.75 mm pero inferior o igual a 10 mm.
Kg

5

Ex.
7208.53.01 De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4.75 mm.
Kg

5

Ex.
7208.54.01 De espesor inferior a 3 mm.
Kg

5

Ex.
7208.90.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7209.15.01 Con un contenido de carbono superior a 0.4 % en peso.
Kg

5

Ex.
7209.15.02 Aceros cuyo límite de resistencia a la deformación sea igual o superior a 355 MPa.
Kg

5

Ex.
7209.15.03 Aceros para porcelanizar en partes expuestas.
Kg

5

Ex.
7209.15.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7209.16.01 De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm.
Kg

5

Ex.
7209.17.01 De espesor superior o igual a 0.5 mm pero inferior o igual a 1 mm.
Kg

5

Ex.
7209.18.01 De espesor inferior a 0.5 mm.
Kg

5

Ex.
7209.25.01 De espesor superior o igual a 3 mm.
Kg

5

Ex.
7209.26.01 De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm.
Kg

5

Ex.
7209.27.01 De espesor superior o igual a 0.5 mm pero inferior o igual a 1 mm.
Kg

5

Ex.
7209.28.01 De espesor inferior a 0.5 mm.
Kg

5

Ex.
7209.90.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7210.30.01 Láminas cincadas por las dos caras.
Kg

5

Ex.
7210.30.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7210.41.01 Láminas cincadas por las dos caras.
Kg

5

Ex.
7210.41.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7210.49.01 Láminas cincadas por las dos caras, excepto lo comprendido en las fracciones 7210.49.02, 7210.49.03 y 7210.49.04.
Kg

5

Ex.
7210.49.02 Con un contenido de carbono superior a 0.4% en peso.
Kg

5

Ex.
7210.49.03 De espesor inferior a 3 mm, cuyo límite de resistencia a la deformación sea igual o superior a 275 MPa, o de espesor igual o superior a 3 mm, cuyo límite de resistencia a la deformación sea igual o superior a 355 MPa.
Kg

5

Ex.
7210.49.04 Con un contenido de cinc en el recubrimiento inferior o igual a 50 gr/cm2.
Kg

5

Ex.
7210.49.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7210.61.01 Revestidos de aleaciones de aluminio y cinc.
Kg

5

Ex.
7210.69.01 Revestidas con aluminio sin alear, conocidas como “aluminizadas”.
Kg

5

Ex.
7210.69.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7210.70.01 Láminas pintadas, cincadas por las dos caras.
Kg

5

Ex.
7210.70.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7211.13.01 Laminados en las cuatro caras o en acanaladuras cerradas, de anchura superior a 150 mm y espesor superior o igual a 4 mm, sin enrollar y sin motivos en relieve.
Kg

5

Ex.
7211.14.01 Flejes.
Kg

5

Ex.
7211.14.02 Laminados en caliente (“chapas”), de espesor superior o igual a 4.75 mm pero inferior a 12 mm.
Kg

5

Ex.
7211.14.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7211.19.01 Flejes con espesor inferior a 4.75 mm.
Kg

5

Ex.
7211.19.02 Laminadas en caliente (“chapas”), con espesor superior o igual a 1.9 mm, pero inferior a 4.75 mm.
Kg

5

Ex.
7211.19.03 Desbastes en rollo para chapas (“Coils”).
Kg

5

Ex.
7211.19.04 Chapas laminadas en caliente, de anchura superior a 500 mm. pero inferior a 600 mm. y espesor igual o superior a 1.9 mm pero inferior a 4.75 mm.
Kg

5

Ex.
7211.19.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7211.23.01 Flejes de espesor igual o superior a 0.05 mm.
Kg

5

Ex.
7211.23.02 Chapas laminadas en frío, con un espesor superior a 0.46 mm sin exceder de 3.4 mm.
Kg

5

Ex.
7211.23.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7211.29.01 Flejes de espesor igual o superior a 0.05 mm con un contenido de carbono inferior a 0.6%.
Kg

5

Ex.
7211.29.03 Chapas laminadas en frío, con un espesor superior a 0.46 mm sin exceder de 3.4 mm.
Kg

5

Ex.
7211.29.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7211.90.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7212.20.01 Flejes.
Kg

5

Ex.
7212.20.02 Cincadas por las dos caras, de ancho superior a 500 mm.
Kg

5

Ex.
7212.20.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7212.30.01 Flejes.
Kg

5

Ex.
7212.30.02 Cincados por las dos caras, de ancho superior a 500 mm.
Kg

5

Ex.
7212.30.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7212.40.01 Chapas recubiertas con barniz de siliconas.
Kg

5

Ex.
7212.40.02 De espesor total igual o superior a 0.075 mm sin exceder de 0.55 mm con recubrimiento plástico por una o ambas caras.
Kg

5

Ex.
7212.40.03 Cincados por las dos caras, de ancho superior a 500 mm.
Kg

5

Ex.
7212.40.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7212.50.01 Revestidos de otro modo.
Kg

5

Ex.
7212.60.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7213.10.01 Con muescas, cordones, surcos o relieves, producidos en el laminado.
Kg

5

Ex.
7213.20.01 Los demás, de acero de fácil mecanización.
Kg

5

Ex.
7213.91.01 Con un contenido de carbono inferior a 0.4% en peso.
Kg

5

Ex.
7213.91.02 Con un contenido de carbono igual o superior a 0.4% en peso.
Kg

5

Ex.
7213.99.01 Alambrón de acero con un contenido máximo de carbono de 0.13%, 0.1% máximo de silicio, y un contenido mínimo de aluminio de 0.02%, en peso.
Kg

5

Ex.
7213.99.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7219.31.01 De espesor superior o igual a 4.75 mm.
Kg

5

Ex.
7219.32.01 Cuyo espesor no exceda de 4 mm.
Kg

5

Ex.
7219.32.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7219.33.01 De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm.
Kg

5

Ex.
7219.34.01 De espesor superior o igual a 0.5 mm pero inferior o igual a 1 mm.
Kg

5

Ex.
7219.35.01 De espesor igual o superior a 0.3 mm.
Kg

5

Ex.
7219.35.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7219.90.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7220.20.01 Sin templar o pretemplado (DGN-410, DGN-420 y DGN-440) con espesor igual o superior a 0.3 mm, sin exceder de 6.0 mm, y con anchura máxima de 325 mm.
Kg

5

Ex.
7220.20.02 Con espesor igual o superior a 0.3 mm, sin exceder de 4.0 mm, excepto lo comprendido en la fracción 7220.20.01.
Kg

5

Ex.
7220.20.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7220.90.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7224.10.04 Desbastes cuadrados o rectangulares (blooms) y palanquillas de acero grado herramienta.
Kg

5

Ex.
7224.10.05 Desbastes cuadrados o rectangulares (blooms) y palanquillas de acero rápido.
Kg

5

Ex.
7224.90.02 Productos intermedios, con un contenido de carbono inferior o igual a 0.006% en peso.
Kg

5

Ex.
7224.90.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7225.19.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7225.30.01 Con un contenido de carbono inferior o igual a 0.01% en peso, y los siguientes elementos, considerados individualmente o en conjunto: titanio entre 0.02% y 0.15% en peso, niobio entre 0.01% y 0.03% en peso.
Kg

5

Ex.
7225.30.02 Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, de espesor superior a 10 mm.
Kg

5

Ex.
7225.30.03 Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, de espesor superior o igual a 4.75 mm, pero inferior o igual a 10 mm.
Kg

5

Ex.
7225.30.04 Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, de espesor superior o igual a 3 mm, pero inferior a 4.75 mm.
Kg

5

Ex.
7225.30.05 Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, de espesor inferior a 3 mm.
Kg

5

Ex.
7225.30.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7225.40.01 Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, de espesor superior a 10 mm.
Kg

5

Ex.
7225.40.02 Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, de espesor superior o igual a 4.75 mm, pero inferior o igual a 10 mm.
Kg

5

Ex.
7225.40.03 Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, de espesor superior o igual a 3 mm, pero inferior a 4.75 mm.
Kg

5

Ex.
7225.40.04 Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, de espesor inferior a 3 mm.
Kg

5

Ex.
7225.40.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7225.50.01 Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, y espesor superior o igual a 3 mm, enrollada.
Kg

5

Ex.
7225.50.02 Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, y espesor superior a 1 mm, pero inferior a 3 mm, enrollada.
Kg

5

Ex.
7225.50.03 Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, y espesor superior o igual a 0.5 mm, pero inferior o igual a 1 mm, enrollada.
Kg

5

Ex.
7225.50.04 Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, y espesor inferior a 0.5 mm, enrollada.
Kg

5

Ex.
7225.50.05 Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, sin enrollar.
Kg

5

Ex.
7225.50.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7225.91.01 Cincados electrolíticamente.
Kg

5

Ex.
7225.92.01 Cincados de otro modo.
Kg

5

Ex.
7225.99.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7226.19.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7226.91.01 De anchura superior a 500 mm, excepto lo comprendido en las fracciones 7226.91.02, 7226.91.03, 7226.91.04, 7226.91.05 y 7226.91.06.
Kg

5

Ex.
7226.91.02 Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, y espesor superior o igual a 3 mm, enrollada.
Kg

5

Ex.
7226.91.03 Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, y espesor superior a 1 mm, pero inferior a 3 mm, enrollada.
Kg

5

Ex.
7226.91.04 Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, y espesor superior o igual a 0.5 mm, pero inferior o igual a 1 mm, enrollada.
Kg

5

Ex.
7226.91.05 Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, y espesor inferior a 0.5 mm, enrollada.
Kg

5

Ex.
7226.91.06 Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, sin enrollar.
Kg

5

Ex.
7226.91.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7226.92.01 Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, y espesor superior o igual a 3 mm, enrollada.
Kg

5

Ex.
7226.92.02 Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, y espesor superior a 1 mm, pero inferior a 3 mm, enrollada.
Kg

5

Ex.
7226.92.03 Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, y espesor superior o igual a 0.5 mm, pero inferior o igual a 1 mm, enrollada.
Kg

5

Ex.
7226.92.04 Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, y espesor inferior a 0.5 mm, enrollada.
Kg

5

Ex.
7226.92.05 Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, sin enrollar.
Kg

5

Ex.
7226.92.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7226.99.01 Cincados electrolíticamente.
Kg

5

Ex.
7226.99.02 Cincados de otro modo.
Kg

5

Ex.
7226.99.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7227.10.01 De acero rápido.
Kg

5

Ex.
7227.20.01 De acero silicomanganeso.
Kg

5

Ex.
7227.90.01 De acero grado herramienta.
Kg

5

Ex.
7227.90.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
A partir del 1o. de enero de 2011, el arancel aplicable a la importación de las mercancías comprendidas en las fracciones arancelarias incluidas en este artículo será de 3%, y a partir del 1o. de enero de 2012 será Ex., a excepción de la fracción arancelaria 7210.41.01, cuyo arancel permanecerá en 3%.

ARTÍCULO 3.- Se modifican los aranceles de la TIGIE, publicada el 18/VI/2007Tarifa 2007 Vigente y sus modificaciones posteriores, únicamente en lo que se refiere a las siguientes fracciones arancelarias:
CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

Unidad

IMPUESTO

IMP.

EXP.
7202.11.01 Con un contenido de carbono superior al 2% en peso.
Kg

3

Ex.
7202.19.99 Los demás.
Kg

3

Ex.
7202.21.99 Los demás.
Kg

3

Ex.
7202.29.99 Los demás.
Kg

3

Ex.
7202.30.01 Ferro-sílico-manganeso.
Kg

3

Ex.
7202.41.01 Con un contenido de carbono superior al 4% en peso.
Kg

3

Ex.
7202.49.99 Los demás.
Kg

3

Ex.
7202.70.01 Ferromolibdeno.
Kg

3

Ex.
7202.91.01 Ferrotitanio, encapsulado.
Kg

3

Ex.
7202.92.01 Ferrovanadio, encapsulado.
Kg

3

Ex.
7202.92.99 Los demás.
Kg

3

Ex.
7202.99.02 Ferrocalcio, ferrocalcio-aluminio o ferrocalcio-silicio, encapsulados.
Kg

3

Ex.
7202.99.99 Las demás.
Kg

3

Ex.
7203.10.01 Productos férreos obtenidos por reducción directa de minerales de hierro.
Kg

3

Ex.
7203.90.99 Los demás.
Kg

3

Ex.
7207.11.01 De sección transversal cuadrada o rectangular, cuya anchura sea inferior al doble del espesor.
Kg

3

Ex.
7207.12.99 Los demás.
Kg

3

Ex.
7207.19.99 Los demás.
Kg

3

Ex.
7207.20.99 Los demás.
Kg

3

Ex.
7214.10.01 Forjadas.
Kg

5

Ex.
7214.20.01 Varillas corrugadas o barras para armadura, para cemento u hormigón.
Kg

5

Ex.
7214.20.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7214.30.01 Las demás, de acero de fácil mecanización.
Kg

5

Ex.
7214.91.01 Con un contenido de carbono inferior a 0.25% en peso.
Kg

5

Ex.
7214.91.02 Con un contenido de carbono superior o igual a 0.25% pero inferior a 0.6% en peso.
Kg

5

Ex.
7214.91.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7214.99.01 Con un contenido de carbono inferior a 0.25% en peso.
Kg

5

Ex.
7214.99.02 Con un contenido de carbono superior o igual a 0.25% pero inferior a 0.6% en peso.
Kg

5

Ex.
7214.99.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7215.10.01 De acero de fácil mecanización, simplemente obtenidas o acabadas en frío.
Kg

5

Ex.
7215.50.99 Las demás.
Kg

5

Ex.
7216.10.01 Perfiles en U, en I o en H, simplemente laminados o extrudidos en caliente, de altura inferior a 80 mm.
Kg

5

Ex.
7216.21.01 Perfiles en L.
Kg

5

Ex.
7216.22.01 Perfiles en T.
Kg

5

Ex.
7216.31.01 Cuyo espesor no exceda de 23 cm, excepto lo comprendido en la fracción 7216.31.02.
Kg

5

Ex.
7216.31.02 Cuyo espesor sea igual o superior a 13 cm, sin exceder de 20 cm.
Kg

5

Ex.
7216.32.01 Cuyo espesor no exceda de 23 cm, excepto lo comprendido en la fracción 7216.32.02.
Kg

5

Ex.
7216.32.02 Cuyo espesor sea igual o superior a 13 cm, sin exceder de 20 cm.
Kg

5

Ex.
7216.32.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7216.33.01 Perfiles en H.
Kg

5

Ex.
7216.40.01 Perfiles en L o en T, simplemente laminados o extrudidos en caliente, de altura superior o igual a 80 mm.
Kg

5

Ex.
7216.50.01 Perfiles en forma de Z, cuyo espesor no exceda de 23 cm.
Kg

5

Ex.
7216.50.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7216.61.01 Perfiles en forma de H, I, L, T, U y Z, cuyo espesor no exceda a 23 cm, excepto lo comprendido en la fracción 7216.61.02.
Kg

5

Ex.
7216.61.02 En forma de U e I, cuyo espesor sea igual o superior a 13 cm, sin exceder de 20 cm.
Kg

5

Ex.
7216.61.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7216.69.01 Perfiles en forma de H, I, L, T, U y Z, cuyo espesor no exceda a 23 cm, excepto lo comprendido en la fracción 7216.69.02.
Kg

5

Ex.
7216.69.02 En forma de U e I, cuyo espesor sea igual o superior a 13 cm, sin exceder de 20 cm.
Kg

5

Ex.
7216.69.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7216.91.01 Obtenidos o acabados en frío, a partir de productos laminados planos.
Kg

5

Ex.
7216.99.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7217.10.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7217.20.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7217.30.01 Con recubrimiento de cobre, con un contenido de carbono inferior a 0.6%.
Kg

5

Ex.
7217.30.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7217.90.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7228.30.01 En aceros grado herramienta.
Kg

5

Ex.
7228.70.01 Perfiles.
Kg

5

Ex.
7301.10.01 Tablestacas.
Kg

5

Ex.
7301.20.01 Perfiles.
Kg

5

Ex.
7303.00.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7304.11.05 Tubos semiterminados o esbozos para uso exclusivo de empresas fabricantes de tubería estirada en frío.
Kg

5

Ex.
7304.19.05 Tubos semiterminados o esbozos para uso exclusivo de empresas fabricantes de tubería estirada en frío.
Kg

5

Ex.
7304.19.99 Los demás.
Kg

7

Ex.
7304.22.03 Tubos semiterminados para la fabricación de tubos de perforación (“Drill pipe”), laminados en caliente, con diámetro exterior igual o superior a 60.3 mm sin exceder de 168.3 mm, sin roscar.
Kg

5

Ex.
7304.23.01 Tubos de perforación (“Drill pipe”), laminados en caliente, con diámetro exterior igual o superior a 60.3 mm sin exceder de 168.3 mm, con extremos roscados.
Kg

7

Ex.
7304.23.02 Con diámetro exterior inferior o igual a 35.6 mm y espesor de pared igual o superior a 3.3 mm sin exceder de 3.5 mm, con recalcado exterior.
Kg

5

Ex.
7304.23.03 Tubos semiterminados para la fabricación de tubos de perforación (“Drill pipe”), laminados en caliente, con diámetro exterior igual o superior a 60.3 mm sin exceder de 168.3 mm, sin roscar.
Kg

5

Ex.
7304.23.99 Los demás.
Kg

7

Ex.
7304.31.06 De acero al carbono, con diámetro superior a 120 mm.
Kg

5

Ex.
7304.31.07 Conducciones forzadas, incluso con zunchos, del tipo utilizado en instalaciones hidroeléctricas.
Kg

5

Ex.
7304.31.08 Tubos de sondeo.
Kg

5

Ex.
7304.31.09 Tubos semiterminados o esbozos, cuyo diámetro exterior sea de 38.1 mm o 57.7 mm, con tolerancia de ±1%, para uso exclusivo de empresas fabricantes de tubería.
Kg

5

Ex.
7304.31.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7304.39.03 Barras huecas laminadas en caliente, con diámetro exterior superior a 30 mm sin exceder de 50 mm, así como las de diámetro exterior superior a 300 mm.
Kg

5

Ex.
7304.39.04 Barras huecas laminadas en caliente, de diámetro exterior superior a 50 mm sin exceder de 300 mm.
Kg

5

Ex.
7304.39.99 Los demás.
Kg

7

Ex.
7304.51.01 Tubos llamados “mecánicos” o “estructurales”, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm y espesor de pared igual o superior a 1.27 mm sin exceder de 9.5 mm.
Kg

5

Ex.
7304.51.02 Barras huecas de diámetro exterior superior a 30 mm sin exceder de 50 mm.
Kg

5

Ex.
7304.51.03 Barras huecas de diámetro exterior superior a 50 mm sin exceder de 300 mm.
Kg

5

Ex.
7304.51.07 Tubería para calderas, según las normas NOM-B-194 (ASME o ASTM-213) y NOM-B-181 (ASME o ASTM-335), excepto las series T2, T11, T12, T22, P1, P2, P11 y P22.
Kg

5

Ex.
7304.51.08 Reconocibles para naves aéreas.
Kg

5

Ex.
7304.51.09 Conducciones forzadas, incluso con zunchos, del tipo utilizado en instalaciones hidroeléctricas.
Kg

5

Ex.
7304.51.10 Tubos semiterminados o esbozos de cualquier tipo de acero, cuyo diámetro exterior sea de 38.1 mm o 57.7 mm, o de aceros aleados cuyo diámetro exterior sea de 82.5 mm, 95 mm o 127 mm, con tolerancias de ±1% en todos los casos, para uso exclusivo de empresas fabricantes de tubería estirada en frío.
Kg

5

Ex.
7304.51.11 Tubos llamados “térmicos” o de “conducción”, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm y espesor de pared igual o superior a 1.27 mm sin exceder de 9.5 mm.
Kg

5

Ex.
7304.51.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7304.59.04 Barras huecas de diámetro exterior superior a 30 mm sin exceder de 50 mm, así como las de diámetro exterior superior a 300 mm.
Kg

5

Ex.
7304.59.05 Barras huecas de diámetro exterior superior a 50 mm sin exceder de 300 mm.
Kg

5

Ex.
7304.59.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7304.90.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7305.11.01 Con espesor de pared inferior a 50.8 mm.
Kg

7

Ex.
7305.11.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7305.12.01 Con espesor de pared inferior a 50.8 mm.
Kg

7

Ex.
7305.12.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7305.19.01 Con espesor de pared inferior a 50.8 mm.
Kg

7

Ex.
7305.31.06 Conducciones forzadas de acero, incluso con zunchos, del tipo utilizado en instalaciones hidroeléctricas.
Kg

5

Ex.
7305.39.05 Conducciones forzadas de acero, incluso con zunchos, del tipo utilizado en instalaciones hidroeléctricas.
Kg

5

Ex.
7305.39.99 Los demás.
Kg

7

Ex.
7305.90.99 Los demás.
Kg

7

Ex.
7306.30.01 Galvanizados, excepto lo comprendido en la fracción 7306.30.02.
Kg

7

Ex.
7306.40.99 Los demás.
Kg

7

Ex.
7306.50.01 De hierro o acero, cobrizados, de doble pared soldados por fusión (proceso “brazing”) con o sin recubrimiento anticorrosivo.
Kg

5

Ex.
7306.50.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7306.61.01 De sección cuadrada o rectangular.
Kg

7

Ex.
7306.90.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7307.21.01 Bridas.
Kg

5

Ex.
7307.22.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7307.23.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7307.93.01 Accesorios para soldar a tope.
Kg

7

Ex.
7307.99.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7312.10.01 Galvanizados, con diámetro mayor de 4 mm, constituidos por más de 5 alambres y con núcleos sin torcer de la misma materia, excepto los comprendidos en la fracción 7312.10.07.
Kg

7

Ex.
7312.10.02 De acero sin galvanizar, cubierto por una capa de alambres acoplados de perfil “Z”, con diámetro inferior o igual a 60 mm.
Kg

5

Ex.
7312.10.06 Galvanizados, con diámetro inferior a 1.6 mm, constituidos por 9 o más filamentos de diámetro menor a 0.18 mm, trenzados en dirección S ó Z.
Kg

5

Ex.
7312.10.09 Trenzados o torcidos, de longitud inferior a 500 m, provistos de aditamentos metálicos en sus extremos.
Kg

5

Ex.
7312.10.10 Cables plastificados.
Kg

5

Ex.
7312.10.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7312.90.99 Los demás.
Kg

5

Ex.
7314.19.02 De alambres de sección circular, excepto lo comprendido en las fracciones 7314.19.01 y 7314.19.03.
Kg

7

Ex.
7314.19.99 Los demás.
Kg

7

Ex.
7314.31.01 Cincadas.
Kg

7

Ex.
7314.39.99 Las demás.
Kg

5

Ex.
7314.41.01 Cincadas.
Kg

7

Ex.
7314.49.99 Las demás.
Kg

7

Ex.
7314.50.01 Chapas y tiras, extendidas (desplegadas).
Kg

5

Ex.
7315.82.01 Con terminales o accesorios de enganche.
Kg

5

Ex.
7315.82.02 De peso inferior a 15 Kg por metro lineal, extendida, excepto lo comprendido en la fracción 7315.82.01.
Kg

7

Ex.
7315.82.99 Las demás.
Kg

5

Ex.
7315.89.01 Troqueladas, sin pernos o remaches, para máquinas sembradoras o abonadoras.
Kg

5

Ex.
7315.89.02 De peso inferior a 15 Kg/m, excepto lo comprendido en la fracción 7315.89.01.
Kg

7

Ex.
7315.89.99 Las demás.
Kg

5

Ex.
7318.19.01 Reconocibles para naves aéreas.
Kg

5

Ex.
A partir del 1o. de enero de 2012, el arancel aplicable a la importación de las mercancías comprendidas en las fracciones arancelarias incluidas en este artículo, será Ex.

ARTÍCULO 4.- Se modifican los aranceles de la Tarifa de la LIGIE, publicada el 18/VI/2007Tarifa 2007 Vigente y sus modificaciones posteriores, únicamente en lo que se refiere a las siguientes fracciones arancelarias:
CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

Unidad

IMPUESTO

IMP.

EXP.
7304.19.01 Tubos laminados en caliente, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos laminados en caliente barnizados o laqueados: de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm y espesor de pared igual o superior a 4 mm sin exceder de 19.5 mm.
Kg

7

Ex.
7304.19.02 Tubos laminados en caliente, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos laminados en caliente barnizados o laqueados: de diámetro exterior superior a 114.3 mm sin exceder de 406.4 mm y espesor de pared igual o superior a 6.35 mm sin exceder de 38.1 mm.
Kg

7

Ex.
7304.19.03 Tubos laminados en caliente, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos laminados en caliente barnizados o laqueados: de diámetro exterior igual o superior a 406.4 mm y espesor de pared igual o superior a 9.52 mm sin exceder de 31.75 mm.
Kg

7

Ex.
7304.19.04 Tubos laminados en frío, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos laminados en frío barnizados o laqueados: de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm y espesor de pared igual o superior a 1.27 mm sin exceder de 9.5 mm.
Kg

7

Ex.
7304.29.01 Tubos de entubación (“Casing”), laminados en caliente, con extremos roscados, de diámetro exterior igual o superior a 114.3 mm sin exceder de 346.1 mm.
Kg

7

Ex.
7304.29.02 Tubos de entubación (“Casing”), laminados en caliente, con extremos roscados, de diámetro exterior igual o superior a 460.4 mm sin exceder de 508 mm.
Kg

7

Ex.
7304.29.03 Tubos de entubación (“Casing”), laminados en caliente, sin roscar, de diámetro exterior igual o superior a 114.3 mm sin exceder de 346.1 mm.
Kg

7

Ex.
7304.29.04 Tubos de entubación (“Casing”), laminados en caliente, sin roscar, de diámetro exterior igual o superior a 460.4 mm sin exceder de 508 mm.
Kg

7

Ex.
7304.29.05 Tubos de producción (“Tubing”), laminados en caliente, roscados, de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm.
Kg

7

Ex.
7304.29.06 Tubos de producción (“Tubing”), laminados en caliente, sin roscar, de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm.
Kg

7

Ex.
7304.29.99 Los demás.
Kg

7

Ex.
7304.31.01 Tubos llamados “mecánicos” o “estructurales”, sin recubrimientos u otros trabajos de superficie, de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm y espesor de pared igual o superior a 1.27 mm sin exceder de 9.5 mm.
Kg

7

Ex.
7304.31.10 Tubos llamados “térmicos” o de “conducción”, sin recubrimientos u otros trabajos de superficie, de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm y espesor de pared igual o superior a 1.27 mm sin exceder de 9.5 mm.
Kg

7

Ex.
7304.39.01 Tubos llamados “mecánicos” o “estructurales”, laminados en caliente, sin recubrimiento o trabajos de superficie, incluidos los tubos llamados “mecánicos” o “estructurales” laminados en caliente, laqueados o barnizados: de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm, y espesor de pared igual o superior a 4 mm sin exceder de 19.5 mm.
Kg

7

Ex.
7304.39.02 Tubos llamados “mecánicos” o “estructurales”, laminados en caliente, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos llamados “mecánicos” o “estructurales”, laminados en caliente, laqueados o barnizados: de diámetro exterior superior a 114.3 mm sin exceder de 355.6 mm y espesor de pared igual o superior a 6.35 mm sin exceder de 38.1 mm.
Kg

7

Ex.
7304.39.05 Tubos llamados “térmicos” o de “conducción”, sin recubrimiento o trabajos de superficie, incluidos los tubos llamados “térmicos” o de “conducción” laqueados o barnizados: de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm y espesor de pared igual o superior a 4 mm, sin exceder 19.5 mm.
Kg

7

Ex.
7304.39.06 Tubos llamados “térmicos” o de “conducción”, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos llamados “térmicos” o de “conducción” laqueados o barnizados: de diámetro exterior superior a 114.3 mm sin exceder de 406.4 mm y espesor de pared igual o superior a 6.35 mm sin exceder de 38.1 mm.
Kg

7

Ex.
7304.39.07 Tubos llamados “térmicos” o de “conducción”, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos llamados “térmicos” o de “conducción” laqueados o barnizados: de diámetro exterior superior o igual a 406.4 mm y espesor de pared igual o superior a 9.52 mm sin exceder de 31.75 mm.
Kg

7

Ex.
7304.39.09 Tubos semiterminados o esbozos, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, de diámetro exterior igual o superior a 20 mm sin exceder de 460 mm y espesor de pared igual o superior a 2.8 mm sin exceder de 35.4 mm, con extremos lisos, biselados, recalcados y/o con rosca y cople.
Kg

7

Ex.
7305.20.01 Con espesor de pared inferior a 50.8 mm.
Kg

7

Ex.
7306.19.99 Los demás.
Kg

7

Ex.
7306.29.99 Los demás.
Kg

7

Ex.
7306.30.99 Los demás.
Kg

7

Ex.
7308.20.01 Torres reconocibles como concebidas exclusivamente para conducción de energía eléctrica.
Kg

7

Ex.
7312.10.05 De acero sin recubrimiento, con o sin lubricación, excepto los comprendidos en la fracción 7312.10.08.
Kg

7

Ex.
7312.10.07 Galvanizados, con un diámetro mayor a 4 mm pero inferior a 19 mm, constituidos por 7 alambres, lubricados o sin lubricar.
Kg

7

Ex.
7312.10.08 Sin galvanizar, de diámetro menor o igual a 19 mm, constituidos por 7 alambres.
Kg

7

Ex.
7314.19.03 Cincadas.
Kg

7

Ex.
7314.20.01 Redes y rejas, soldadas en los puntos de cruce, de alambre cuya mayor dimensión de la sección transversal sea superior o igual a 3 mm y con malla de superficie superior o igual a 100 cm².
Kg

7

Ex.
7314.42.01 Revestidas de plástico.
Kg

7

Ex.
A partir del 1o. de enero de 2012, el arancel aplicable a la importación de las mercancías comprendidas en las fracciones arancelarias incluidas en este artículo será 5%.

II.- Modificaciones a los Programas de Promoción Sectorial

ARTÍCULO 5.- .....

ARTÍCULO 6.- .....

ARTÍCULO 7.- .....

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF, a excepción de lo indicado en los artículos transitorios segundo y tercero.

SEGUNDO.- .....

TERCERO.- .....

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a cinco de febrero de dos mil diez.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Ernesto Javier Cordero Arroyo.- Rúbrica.- El Secretario de Economía, Gerardo Ruiz Mateos.- Rúbrica.

NOTA:
Este Decreto se publicó el 9/II/2010 (Circular G-0039/10).



ULTIMO CAMBIO D.O.F. 09/02/2010

martes, 1 de noviembre de 2011

ALTAVOZ




85.18 MICROFONOS Y SUS SOPORTES; ALTAVOCES (ALTOPARLANTES), INCLUSO MONTADOS EN SUS CAJAS; AURICULARES, INCLUIDOS LOS DE CASCO, ESTEN O NO COMBINADOS CON MICROFONO, Y JUEGOS O CONJUNTOS CONSTITUIDOS POR UN MICROFONO Y UNO O VARIOS ALTAVOCES (ALTOPARLANTES); AMPLIFICADORES ELECTRICOS DE AUDIOFRECUENCIA; EQUIPOS ELECTRICOS PARA AMPLIFICACION DE SONIDO.

B. ALTAVOCES, INCLUSO MONTADOS EN SUS CAJAS
Los altavoces tienen una función inversa a la de los micrófonos. Son aparatos que reproducen el sonido por transformación de las oscilaciones o impulsos eléctricos de un amplificador en vibraciones mecánicas y las difunden comunicando esas vibraciones a la masa de aire ambiente. Se distinguen generalmente:
1) Los altavoces electromagnéticos o electrodinámicos. Los primeros se caracterizan por el hecho de que la bobina recorrida por los impulsos eléctricos de baja frecuencia es fija, mientras que en los segundos es móvil. Los altavoces electromagnéticos llevan una lámina o una placa de hierro dulce colocada entre los polos de un imán permanente cuyas piezas polares están equipadas con bobinas a las que llegan los impulsos eléctricos que se transforman en sonido; las variaciones que los impulsos eléctricos crean en el campo del imán hacen vibrar la placa que actúa sobre el aire directamente o a través de un diafragma. Los altavoces electrodinámicos están constituidos esencialmente por una bobina cuyas espiras reciben los impulsos eléctricos y se mueve en el campo de un electroimán (altavoces de excitación) o de un imán permanente (altavoces de imán permanente). La bobina es solidaria de un diafragma.
2) Los altavoces piezoeléctricos, que están basados en la propiedad que tienen ciertos cristales naturales o artificiales de vibrar en la masa cuando están sometidos a impulsos eléctricos, por ser el cuarzo o cristal de roca una de las materias que tienen esta propiedad, estos aparatos se llaman generalmente altavoces de cristal.
3) Los altavoces electrostáticos (también llamados altavoces de condensador), que utilizan las reacciones electrostáticas entre dos placas (o electrodos), de las cuales una sirve de diafragma.
A veces, se incorporan a los altavoces transformadores de adaptación y amplificadores. Generalmente, la señal eléctrica de entrada recibida por los altavoces es analógica, sin embargo, en algunos casos la señal de entrada es digital. En estos casos, los altavoces incorporan convertidores digital-analógicos y amplificadores que envían las vibraciones mecánicas al exterior.
Según el uso al que se destinen los altavoces, pueden estar montados en bastidores o chasis de formas variadas, generalmente con efecto acústico, que pueden incluso consistir en muebles. Tales conjuntos se clasifican aquí, siempre que la función principal que los caracterice sea la de altavoces. En cuanto a los bastidores y chasis presentados aisladamente, se clasifican también en esta partida en tanto sean reconocibles como principalmente diseñados para el montaje de altavoces, salvo que se tratara de muebles del Capítulo 94, simplemente preparados para montar un altavoz, además del uso normal.
Esta partida incluye los altavoces concebidos para conectarlos a una máquina para tratamiento o procesamiento de datos, cuando se presentan separadamente.

TALLERES FLEXIBLES (FMS)




84.57 CENTROS DE MECANIZADO, MAQUINAS DE PUESTO FIJO Y MAQUINAS DE PUESTOS MULTIPLES, PARA TRABAJAR METAL.

Según la Nota 4 c) del Capítulo, esta partida no comprende las líneas o cadenas de transferencia compuestas de diferentes máquinas unidas entre sí por un transportador que traslada las piezas.
De acuerdo con las disposiciones de la Nota mencionada, no se clasifican en la presente partida, los “talleres flexibles”, que están constituidos por varias máquinas, generalmente de control numérico, o por varios grupos de máquinas, así como los sistemas de manipulación automática constituidos por pórticos, carretillas transportadoras sin conductor, manipuladores, robotes industriales, por ejemplo, para alimentar las máquinas o desplazar las piezas después del mecanizado. Los diferentes grupos de máquinas y los sistemas de manipulación que constituyen el ”taller flexible“ están regidos por máquinas para tratamiento de información.

OMA INGLES: In accordance with Chapter Note 4 (c) this heading does not cover transfer lines consisting of various machines linked by a conveyor carrying the workpieces.


Under the terms of the above-mentioned Chapter Note, this heading also excludes " flexible manufacturing systems " (FMS) which consist of several machines, generally numerically controlled, or several groups of machines, together with

facilities which constitute the flexible manufacturing system are controlled by automatic data processing machines.


FLEXIBLE MANUFACTURING SYSTEMS (FMS)

Introduction

In the middle of the 1960s, market competition became more intense.

During 1960 to 1970 cost was the primary concern. Later quality became a priority. As the market became more and more complex, speed of delivery became something customer also needed.

A new strategy was formulated: Customizability. The companies have to adapt to the environment in which they operate, to be more flexible in their operations and to satisfy different market segments (customizability).

Thus the innovation of FMS became related to the effort of gaining competitive advantage.

First of all, FMS is a manufacturing technology.

Secondly, FMS is a philosophy. "System" is the key word. Philosophically, FMS incorporates a system view of manufacturing. The buzz word for today’s manufacturer is "agility". An agile manufacturer is one who is the fastest to the market, operates with the lowest total cost and has the greatest ability to "delight" its customers. FMS is simply one way that manufacturers are able to achieve this agility.

An MIT study on competitiveness pointed out that American companies spent twice as much on product innovation as they did on process innovation. Germans and Japanese did just the opposite.

In studying FMS, we need to keep in mind what Peter Drucker said: "We must become managers of technology not merely users of technology".

Since FMS is a technology, well adjusted to the environmental needs, we have to manage it successfully.



1. Flexibility concept. Different approaches

Today flexibility means to produce reasonably priced customized products of high quality that can be quickly delivered to customers.

So, what is flexibility in manufacturing?

While variations abound in what specifically constitutes flexibility, there is a general consensus about the core elements. There are three levels of manufacturing flexibility.


(a) Basic flexibilities

Machine flexibility - the ease with which a machine can process various operations
Material handling flexibility - a measure of the ease with which different part types can be transported and properly positioned at the various machine tools in a system
Operation flexibility - a measure of the ease with which alternative operation sequences can be used for processing a part type


(b) System flexibilities

Volume flexibility - a measure of a system’s capability to be operated profitably at different volumes of the existing part types
Expansion flexibility - the ability to build a system and expand it incrementally
Routing flexibility - a measure of the alternative paths that a part can effectively follow through a system for a given process plan
Process flexibility - a measure of the volume of the set of part types that a system can produce without incurring any setup
Product flexibility - the volume of the set of part types that can be manufactured in a system with minor setup


(c) Aggregate flexibilities

Program flexibility - the ability of a system to run for reasonably long periods without external intervention
Production flexibility - the volume of the set of part types that a system can produce without major investment in capital equipment
Market flexibility - the ability of a system to efficiently adapt to changing market conditions



2. Seeking benefits on flexibility

Today’s manufacturing strategy is to seek benefits from flexibility. This is only feasible when a production system is under complete control of FMS technology. Having in mind the Process- Product Matrix you may realize that for an industry it is possible to reach for high flexibility by making innovative technical and organizational efforts. See the Volvo’s process structure that makes cars on movable pallets, rather than an assembly line. The process gains in flexibility. Also, the Volvo system has more flexibility because it uses multi-skill operators who are not paced by a mechanical line.

So we may search for benefits from flexibility on moving to the job shop structures.

Actually, the need is for flexible processes to permit rapid low cost switching from one product line to another. This is possible with flexible workers whose multiple skills would develop the ability to switch easily from one kind of task to another.

As main resources, flexible processes and flexible workers would create flexible plants as plants which can adapt to changes in real time, using movable equipment, knockdown walls and easily accessible and re-routable utilities.



3. FMS- an example of technology and an alternative layout

The idea of an FMS was proposed in England (1960s) under the name "System 24", a flexible machining system that could operate without human operators 24 hours a day under computer control. From the beginning the emphasis was on automation rather than the "reorganization of workflow".

Early FMSs were large and very complex, consisting of dozens of Computer Numerical Controlled machines (CNC) and sophisticate material handling systems. They were very automated, very expensive and controlled by incredibly complex software. There were only a limited number of industries that could afford investing in a traditional FMS as described above.

Currently, the trend in FMS is toward small versions of the traditional FMS, called flexible manufacturing cells (FMC).

Today two or more CNC machines are considered a flexible cell and two ore more cells are considered a flexible manufacturing system.

Thus, a Flexible Manufacturing System (FMS) consists of several machine tools along with part and tool handling devices such as robots, arranged so that it can handle any family of parts for which it has been designed and developed.



Different FMSs levels are:

Flexible Manufacturing Module (FMM). Example : a NC machine, a pallet changer and a part buffer;

Flexible Manufacturing (Assembly) Cell (F(M/A)C). Example : Four FMMs and an AGV(automated guided vehicle);

Flexible Manufacturing Group (FMG). Example : Two FMCs, a FMM and two AGVs which will transport parts from a Part Loading area, through machines, to a Part Unloading Area;

Flexible Production Systems (FPS). Example : A FMG and a FAC, two AGVs, an Automated Tool Storage, and an Automated Part/assembly Storage;

Flexible Manufacturing Line (FML). Example : multiple stations in a line layout and AGVs.



4. Advantages and disadvantages of FMSs implementation



Advantages

Faster, lower- cost changes from one part to another which will improve capital utilization
Lower direct labor cost, due to the reduction in number of workers
Reduced inventory, due to the planning and programming precision
Consistent and better quality, due to the automated control
Lower cost/unit of output, due to the greater productivity using the same number of workers
Savings from the indirect labor, from reduced errors, rework, repairs and rejects



Disadvantages

Limited ability to adapt to changes in product or product mix (ex. machines are of limited capacity and the tooling necessary for products, even of the same family, is not always feasible in a given FMS)
Substantial pre-planning activity
Expensive, costing millions of dollars
Technological problems of exact component positioning and precise timing necessary to process a component
Sophisticated manufacturing systems



FMSs complexity and cost are reasons for their slow acceptance by industry. In most of the cases FMCs are favored.

lunes, 24 de octubre de 2011

Uruguay becomes the 141st Contracting Party to the Harmonized System Convention






Uruguay becomes the 141st Contracting Party to the Harmonized System Convention

Brussels, 17 October 2011

Press release

On 17 October 2011, the Ambassador of Uruguay to Belgium, H.E. Walter Cancela, deposited Uruguay’s instrument of accession to the International Convention on the Harmonized Commodity Description and Coding System (Harmonized System) at the Secretariat of the World Customs Organization.

Considering that more than 98 % of international merchandise trade is classified in terms of the Harmonized System, the World Customs Organization is pleased to welcome Uruguay as the 141st Contracting Party to the Harmonized System Convention and looks forward to Uruguay’s active participation with respect to Harmonized System matters.

Uruguay has been a Member of the World Customs Organization since 16 September 1977 and is a country in the south-eastern part of South America. Its principal export commodities are beef, soy, rice, wood, malt, and dairy products. The country’s main import commodities are crude oil, fuels, telephony equipment, computers, information technology equipment and agricultural machinery.
The Harmonized System Convention will enter into force in Uruguay on 1 January 2012.

PHOTO: Ambassador of Uruguay to Belgium, H. E. Walter Cancela, Deputy Secretary General, Sergio Mujica, Deputy Directorof Tariff and Trade Affairs, Craig Clark and Chairperson of the Technical Committee on Customs Valuation, Guzmán Mañes

miércoles, 12 de octubre de 2011

UTM inaugura biblioteca e inicia edificio de Clasificación Arancelaria



MANZANILLO, COL.- Después de inaugurar la biblioteca denominada “Humberto Silva Ochoa”, el rector de la Universidad Tecnológica de Manzanillo (UTM), Miguel Ángel Celestino Sánchez, acompañado del gobernador Mario Anguiano Moreno, pusieron la primera piedra de lo que será el edificio de Clasificación Arancelaria y Logística, de esta casa de estudios en el puerto de Manzanillo, Colima.

Al evento celebrado en instalaciones de la UTM, asistieron importantes personalidades del ámbito político, educativo y portuario, contando también con la presencia del Administrador de Regulación Aduanera del SAT, José Fernando Jáuregui Zavala, quien asistió para celebrar un convenio de colaboración con la universidad.

El rector de la UTM, Miguel Angel Celestino Sánchez, comentó que la universidad tiene tres años en servicio y uno en estas instalaciones, en donde ya han desarrollado el edificio educativo, el edificio de talleres y ahora a biblioteca, por lo que el siguiente pas será edificar los edificios de Clasificación Arancelaria, Logística y Administrativo, en donde se prevé una inversión inicial de 60 millones de pesos.

Por su parte, el gobernador del estado Mario Anguiano Moreno, reconoció el esfuerzo coordinado para el crecimiento de esta universidad, y exhortó a los alumnos a aprovechar al máximo para lograr el mejor nivel profesional, y que de ahí se incorporen al sector laboral que en Manzanillo es muy amplio e interesante por la actividad portuaria y turística.

martes, 4 de octubre de 2011

Propoleos en bruto




Propoleos en bruto presentados a granel con forma de bloques irregulares color marron. El producto esta compuesto esencialmente por los siguientes componentes (% en peso):

- Resinas y balsamos vegetales 55
- Ceras 30
- Aceites esenciales 8 a 10
- Polen 5

Estos materiales recolectados por las abejas son transformados con las enzimas de su saliva. El producto es utilizado en la fabricacion de productos farmaceuticos y suplementos alimenticios.

CLASIFICACION ARANCELARIA

La clasificacion esta determinada por las Reglas Generales 1 y 6
El producto se excluye del Capitulo 13 ya que el producto contiene componentes obtenidos a partir de la accion de los animales.

Dadas sus caracteristicas, el producto es clasificado en la partida 04.10 como producto comestible de origen animal no expresado ni comprendido en otra parte.

INFORMACION

El propóleos (gr. própolis) es una sustancia que obtienen las abejas de las yemas de los árboles y que luego procesan en la colmena, convirtiéndola en un potente antibiótico1 con el que cubren las paredes de la colmena, con el fin de combatir las bacterias, virus y hongos que puedan afectarla.

El propóleos tiene materias colorantes, los flavonoides, que son las más activas en la función antiséptica. Además de esta sustancia, contiene resinas y bálsamos (un 50%), cera de abeja (un 30%), aceites esenciales (un 10%), polen y diversos materiales minerales: aluminio, plata, bario, boro, cromo, cobalto, estaño, hierro y muchos otros. También contiene provitamina A y vitaminas del grupo B, especialmente B3.

Las abejas sin aguijón de la Tribu Meliponini recubren todo el nido de cría con un involucro (lámina o membranas) fabricado con cerumen que es una mezcla de propóleos y cera. Con betumen cierran las aberturas donde confinarán la colonia en los troncos siendo el mismo una mezcla de propóleos pegajoso mezclado con barro también es denominado geopropóleos.

Entre las propiedades medicinales que se le reconocen 2 a este producto están:

Antibióticas (bactericida y fungicida).
Antivirales.
Antitumorales.
Cicatrizantes.
Antiinflamatorias.
Analgésicas.
Antialérgicas.
Epitelizantes.
Anestésicas.
Inmunoestimulantes.

Su utilización en seres humanos debe hacerse con reserva (sobre todo en caso de intolerancia o alergia a alguno de los productos de las abejas o a las mismas abejas) y, si no se está en condiciones de administrarlo debidamente, preferentemente con recomendación médica.
Históricamente se lo ha utilizado para tratar catarros de las vías respiratorias altas, resfriado común, gripe de cualquier virus y cepa, sinusitis, otitis, laringitis, bronquitis, asma bronquial, neumonía crónica, tuberculosis pulmonar. También se la utiliza en dermatología para el tratamiento de abscesos, forúnculos, sabañones, grietas, verrugas, infección en la raíz de las uñas, entre otros daños de la piel. Es también eficaz en otros problemas como conjuntivitis, infecciones y llagas bucales, etcétera. Se conoce que los egipcios utilizaban el propóleos como parte de los ingredientes para conservar las vísceras de los faraones.

OMA TEXTO OFICIAL:

HEADING 04.10 - EDIBLE PRODUCTS OF ANIMAL ORIGIN, NOT ELSEWHERE SPECIFIED OR INCLUDED.

This heading covers products of animal origin suitable for human consumption, not specified or included elsewhere in the Nomenclature.

It includes :

(1)Turtles' eggs. These are eggs laid by river or marine turtles; they may be fresh, dried or otherwise preserved.


Turtle-egg oil is excluded (heading 15.06).

(2)Salanganes' nests (" birds' nests "). These consist of a substance secreted by the bird which solidifies rapidly on exposure to air.

The nests may be presented untreated, or they may have been cleaned to remove feathers, down, dust and other impurities in order to render them suitable for consumption. They are generally in the form
of whitish strips or threads.

Salanganes' nests have a high protein content and are used almost exclusively to make soups or other food preparations.

The heading excludes animal blood, edible or not, liquid or dried (heading 05.11 or 30.02).

jueves, 29 de septiembre de 2011

Corona discharge method



What does corona discharge mean?

The gaseous ozone generator produces ozone by mimicking the action of lightening on oxygen found in our atmosphere. In nature, lightning produces ozone by cleaving oxygen molecules found in ambient air into oxygen atoms. These oxygen atoms react with oxygen molecules to form tri-atomic oxygen, also known as ozone.

This process is reproduced in our ozone generators. A high voltage power supply found inside the ozone generator provides the energy required to form electrical arcs, known as corona discharges, inside the patented corona cells. These corona discharges cleave the oxygen molecule into oxygen atoms which recombine to form ozone. This process is known as the "corona discharge method" of producing ozone.

What is the difference between corona discharge ozone generators and UV ozone generators?

Our corona discharge ozone generators produce ozone concentrations of up to 10wt% with dry oxygen feed. Other ozone generators based on the UV method of producing ozone can produce only 0.2wt% at best.

This is an important consideration when selecting an ozone generator for your home. Henry's law of gas solubility dictates that the higher the concentration of ozone in the gas phase the higher the dissolved ozone concentration. The more contaminated the water the more ozone is required to clean it. UV ozone generators simply cannot treat cloudy water or water containing heavy metals, tannin, or odours.

martes, 13 de septiembre de 2011

INCORPORACION DE LAS LEYENDAS, IMAGENES, PICTOGRAMAS, MENSAJES SANITARIOS E INFORMACION QUE DEBERA FIGURAR EN TODOS LOS PAQUETES DE TABACO













ANEXO 1 DEL ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS DISPOSICIONES PARA LA FORMULACION, APROBACION, APLICACION, UTILIZACION E INCORPORACION DE LAS LEYENDAS, IMAGENES, PICTOGRAMAS, MENSAJES SANITARIOS E INFORMACION QUE DEBERA FIGURAR EN TODOS LOS PAQUETES DE PRODUCTOS DEL TABACO Y EN TODO EMPAQUETADO Y ETIQUETADO EXTERNO DE LOS MISMOS Y SE DAN A CONOCER LA SERIE DE LEYENDAS, IMAGENES, PICTOGRAMAS, MENSAJE SANITARIOS E INFORMACION QUE DEBERA FIGURAR EN TODOS LOS PAQUETES DE PRODUCTOS DEL TABACO Y EN TODO EMPAQUETADO Y ETIQUETADO EXTERNO DE LOS MISMOS A PARTIR DEL 24 DE SEPTIEMBRE DE 2011.

A) SE ANEXAN LAS CARACTERISTICAS QUE DEBERAN OBSERVAR LOS PAQUETES DE PRODUCTOS DEL TABACO Y TODO EMPAQUETADO Y ETIQUETADO DE LOS MISMOS. (FOTOS PICTOGRAMA 01 A 08)

PICTOGRAMA
La imagen del pictograma deberá cubrir al menos el 30% de la parte superior de la cara anterior de la cajetilla o empaque de cigarros.

TEXTO PICTOGRAMA
Helvética Neue Bold 10 puntos, en altas, condensada a lo ancho máximo 75%, 100% mínimo, con letras amarillas

MENSAJE SANITARIO

ENCABEZADO
Helvética Neue Bold 11 puntos, interlineado 14 puntos, al 100% a lo alto y 100% a lo ancho, interletraje normal o cero, en altas, texto centrado. Ningún doblez de la cajetilla deberá cruzar una línea de texto, en fondo negro con letras amarillas.

MENSAJE CENTRAL
Helvética Neue Bold 9 puntos, interlineado de 12 puntos, al 100% a lo alto y 100% a lo ancho, interletraje normal o cero; en altas y bajas, texto alineado a la izquierda, centrado verticalmente entre el encabezado y el recuadro en fondo negro con letras amarillas.

RECUADRO

Contenido
Helvética Neue Bold, 9 puntos con interlínea de 11 puntos; la primera línea en altas y las subsecuentes en altas y bajas, alineado a la izquierda sin corte de palabras, en fondo negro con letras amarillas.
Se ubica, a la izquierda, a 2 mm. del recuadro; hacia abajo, a 2 mm del recuadro, medido desde la línea base del último renglón; hacia arriba, a 2 mm. del recuadro, medido desde la altura x del primer renglón.

Recuadro
Rectángulo de 5.1 cm. de ancho, de altura variable (según los renglones del párrafo), con línea de 1 punto de grosor. El recuadro se ubicará 6 mm. Arriba de la línea base de la recomendación y a 2 mm. del corte izquierdo de la cajetilla.

MENSAJE SANITARIO

CARA LATERAL
Helvética Neue Bold 11 puntos, interlineado de 13 puntos, en altas, al 100% a lo alto y 100% a lo ancho, interletraje normal o cero, texto centrado en el área visible en fondo negro con letras amarillas.

MENSAJE SANITARIO Y NUMERO DE AYUDA
Helvética Neue, 9.5 puntos, en altas y bajas, al 100% (sin condensar), texto centrado, interlínea de 12 puntos; el teléfono de ayuda en 10 puntos, interletra normal o cero. Entre la línea base del Número de ayuda y la línea del doblez del límite inferior de la cajetilla debe haber 4 mm. de espacio libre.

La leyenda: Para venta exclusiva en México no podrá ser colocada en ninguno de los espacios que, de conformidad con el artículo 18o. de la Ley General para el Control del Tabaco, deberán ser destinados para la incorporación de mensajes sanitarios.

Tipografía permitida:
Helvética Neue Bold (puede sustituirse por Helvética
Bold o Arial Bold).
Helvética Neue (puede sustituirse por Helvética o Arial).
En caso de que el envase o cajetilla de los productos de tabaco sea distinto al mencionado en el inciso A) del presente Anexo, se tomarán como base las siguientes fórmulas a efecto de conocer cuál es la cara anterior de los mismos.

B) SE ANEXAN FORMULAS MATEMATICAS PARA CONOCER EL AREA CORRESPONDIENTE A LA CARA ANTERIOR DE LOS PAQUETES DE PRODUCTOS DE TABACO.

La superficie principal de exhibición debe expresarse en cm2 y calcularse como se indica en los siguientes incisos (FOTOS 9,10 Y 11).

C) LEYENDAS APLICABLES PARA LOS PRODUCTOS DEL TABACO QUE AL USARSE O CONSUMIRSE NO GENERAN HUMO.

C.1) “Este producto contiene NICOTINA. La nicotina causa adicción que te ocasiona diversas enfermedades, dolor y muerte.”

C.2) “Este producto contiene NICOTINA. La nicotina es una sustancia altamente psicoadictiva.”

C.3) “Este producto puede contener AMONIACO. Substancia tóxica que facilita la absorción de nicotina, manteniendo la adicción.”

C.4) “Este producto puede contener PLOMO. Metal tóxico para el cerebro.”
Las leyendas antes señaladas deben imprimirse con letra tipo Arial, en mayúsculas y minúsculas, con una altura mínima de 6 milímetros, en color amarillo resaltado o remarcado sobre fondo negro.


CAPITULO 24 DEL SISTEMA ARMONIZADO

TABACO Y SUCEDANEOS DEL TABACO ELABORADOS
Nota.
1.– Este Capítulo no comprende los cigarrillos medicinales (Capítulo 30).

CONSIDERACIONES GENERALES
El tabaco procede de diversas variedades cultivadas de plantas del género Nicotiana de la familia Solanaceae. Las dimensiones y formas de las hojas difieren de una variedad a otra.
La variedad (tipo) del tabaco determina el sistema de recolección y procedimiento de secado. La recolección se hace por plantas enteras (stalk cutting) a media maduración, o por hojas individuales (priming) según el grado de madurez. El secado se realiza también por plantas enteras o por hojas sueltas.
El curado se efectúa al aire libre (sun curing), en cobertizos con libre circulación de aire (air curing), en secadores de aire caliente (flue curing), o incluso mediante hogueras (fire curing).
Una vez secas, y antes del envasado definitivo, las hojas se acondicionan para asegurar una buena conservación. Este acondicionamiento se consigue por fermentación natural controlada (Java, Sumatra, Habana, Brasil, Oriente, etc.) o por un resecado artificial (re–drying). Este tratamiento y su curado influye en el sabor y aroma del tabaco. Este se somete aún, después del embalado, a una fermentación-envejecimiento espontáneo (ageing).
El tabaco tratado se presenta en haces, balas de diversas formas, bocoyes o cajas. En estos embalajes, las hojas están alineadas (tabacos de Oriente), liadas en manojos (varias hojas reunidas mediante un cordel o una hoja de tabaco) o simplemente a granel (loose leaves). En todos los casos, el tabaco está fuertemente prensado en su embalaje, con el fin de mantenerlo en buen estado de conservación.
En algunos casos, la fermentación del tabaco se reemplaza o acompaña por la adición al tabaco de productos aromatizantes o de humectación (casing) destinados a mejorar su aroma o conservación.
Este Capítulo comprende no solo el tabaco en rama y el tabaco elaborado, sino también los sucedáneos de tabaco elaborados que no contengan tabaco.

24.01 TABACO EN RAMA O SIN ELABORAR; DESPERDICIOS DE TABACO.
2401.10 – Tabaco sin desvenar o desnervar.
2401.20 – Tabaco total o parcialmente desvenado o desnervado.
2401.30 – Desperdicios de tabaco.
Esta partida comprende:
1) El tabaco en estado natural, en forma de planta entera o de hojas y las hojas secas o fermentadas, que pueden ser enteras o desvenadas, estén o no cortadas, troceadas o recortadas, incluso en forma regular con la condición de que no se trate de un producto dispuesto para ser fumado.
También están comprendidas en esta partida las hojas de tabaco mezcladas, desvenadas y después humectadas (beneficiadas) con un líquido de composición apropiada para impedir, principalmente, el enmohecimiento y resecado y además para preservar el sabor.
2) Los desperdicios de tabaco, tales como pecíolos, nervios, recortes, polvo, procedentes de la manipulación de las hojas o de la elaboración de productos acabados.

24.02 CIGARROS (PUROS) (INCLUSO DESPUNTADOS), CIGARRITOS (PURITOS) Y CIGARRILLOS, DE TABACO O DE SUCEDANEOS DEL TABACO.
2402.10 – Cigarros (puros) (incluso despuntados) y cigarritos (puritos), que contengan tabaco.
2402.20 – Cigarrillos que contengan tabaco.
2402.90 – Los demás.
Esta partida se aplica exclusivamente a los cigarros (puros), incluidos los sin terminar, los desprovistos de su envoltura y los despuntados, a los cigarritos (puritos) y a los cigarrillos, de tabaco o de sucedáneos del tabaco. Se excluyen los demás tabacos elaborados para fumar, aunque contengan sucedáneos del tabaco en cualquier proporción (partida 24.03).
Corresponden a esta partida:
1) Los cigarros (puros) (incluso despuntados) y los cigarritos (puritos), que contengan tabaco.
Estos productos pueden elaborarse totalmente con tabaco o con mezclas de tabaco y sucedáneos de tabaco, sin tener en cuenta las proporciones de tabaco y sucedáneos de tabaco presentes en la mezcla.
2) Los cigarrillos que contengan tabaco.
Además de los cigarrillos que contengan sólo tabaco, esta partida comprende también los que estén elaborados con mezclas de tabaco y sucedáneos del tabaco, sin tener en cuenta las proporciones de tabaco y sucedáneos de tabaco presentes en la mezcla.
3) Los cigarros (puros) (incluso despuntados), los cigarritos (puritos) y los cigarrillos, de sucedáneos del tabaco, por ejemplo, los cigarrillos elaborados con hojas de una variedad de lechuga especialmente preparada, que no contiene tabaco ni nicotina.
Esta partida no comprende los cigarrillos medicamentosos (Capítulo 30). Sin embargo, permanecen clasificados en esta partida los cigarrillos que contengan cierto tipo de productos expresamente concebidos para desanimar a los fumadores y que no contengan propiedades medicamentosas.

24.03 LOS DEMAS TABACOS Y SUCEDANEOS DEL TABACO, ELABORADOS; TABACO “HOMOGENEIZADO” O “RECONSTITUIDO”; EXTRACTOS Y JUGOS DE TABACO.
2403.10 – Tabaco para fumar, incluso con sucedáneos de tabaco en cualquier proporción.
– Los demás:
2403.91 – – Tabaco ”homogeneizado” o “reconstituido”.
2403.99 – – Los demás.
Esta partida comprende:
1) El tabaco para fumar, aunque contenga sucedáneos del tabaco en cualquier proporción, por ejemplo, el tabaco preparado para pipa y para hacer cigarrillos.
2) El tabaco de mascar, usualmente fermentado y beneficiado.
3) El rapé, más o menos aromatizado.
4) El tabaco prensado o beneficiado, para la preparación del rapé.
5) Los sucedáneos del tabaco elaborados, entre los que se pueden citar las mezclas para fumar que no contengan tabaco. Sin embargo, se excluyen productos como el cannabis (marihuana) (partida 12.11).
6) El tabaco “homogeneizado” o “reconstituido”, obtenido por aglomeración de partículas procedentes de hojas, residuos o polvo de tabaco, incluso sobre un soporte (por ejemplo: hoja de celulosa procedente de las nervaduras del tabaco). Este tabaco se presenta generalmente en hojas rectangulares o tiras. Pueden utilizarse en esta forma (como envolturas o capas) o picado o cortado (para constituir el interior de cigarros (puros) o cigarrillos).
7) Los extractos y jugos de tabaco, líquidos, que se obtienen por prensado de las hojas húmedas o hirviendo en agua los desperdicios de tabaco. Se emplean principalmente en la preparación de insecticidas o parasiticidas.
Se excluyen de esta partida:
a) La nicotina, alcaloide tóxico extraído de la planta de tabaco (partida 29.39).
b) Los insecticidas de la partida 38.08.

sábado, 10 de septiembre de 2011

Grave el problema de medicamentos pirata.





Fuente : EL FINANCIERO
Sección : NEGOCIOS

Grave, el problema de medicamentos pirata

Importaciones de medicamentos falsificados provenientes de China, otros introducidos por la frontera con Guatemala y algunos más producidos en nuestro país, son un problema nacional debido a sus graves consecuencias en la salud de la población.

Carlos Baños, presidente de la Comisión de Propiedad Intelectual de la Asociación Mexicana de Industrias de Investigación Farmacéutica (AMIIF), explicó que "tenemos falsificaciones hechas en nuestro país e importadas. Según las autoridades, se han rastreado lugares de fabricación en Asia, sobre todo en China".
En el marco del primer Foro contra Falsificación de Medicamentos organizado por la AMIIF, el directivo indicó que "la falsificación de medicamentos tiene un impacto muy grave en la sociedad, estamos hablando de salud, es diferente de otros productos falsificados, la introducción de sustancias tóxicas lejos de curar, dañan a la población".

Resaltó que en México ya es un problema grave y "se calcula conservadoramente que el 10 por ciento de los medicamentos que se venden son falsificados, reetiquetados o manipulados".

Las consecuencias pueden llegar hasta la muerte, aseveró. "En el caso de los oncolíticos, si una persona utiliza un medicamento que no tenga ningún efecto, el tumor se desarrolla y llega a causar la muerte", dijo.
Baños consideró que "en los últimos años hemos visto un verdadero interés de la Procuraduría General de la República (PGR), la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y la procuraduría de Jalisco".
"La industria está trabajando contra esto y ha logrado cerrar algunos acuerdos pero falta por hacer", insistió.

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS),
la falsificación de medicamentos es una amenaza creciente en todo el mundo. En 2009, una operación de la OMS con Interpol, que duró cinco meses en China y siete de sus países vecinos, logró la incautación de 20 millones de píldoras, frascos y sobres de medicamentos ilícitos.

Decomisos

Lorena Gómez de Dios, subprocuradora de Apoyo a las Investigaciones de Delito Federales de la Procuraduría General de Justicia de Jalisco, reveló que el año pasado se aseguraron 75 toneladas de medicamentos piratas en el estado.
"Se han verificado muchas farmacias, 44 cuadras aproximadamente, y el problema ha disminuido. Llevamos más de 200 fincas cateadas y aseguradas donde hemos obtenido más de 75 toneladas de productos para destrucción", añadió.
Informó que la mayoría de los lugares cateados donde se falsificaban medicamentos estaban en condiciones insalubres.

"Las condiciones en las que se han encontrado invalida la sustancia activa simplemente por temperatura y por luz. Hemos encontrado lugares donde hay heces fecales, perros, ahí están haciendo los rellenos de los medicamentos.
"Medicamentos que deben estar en refrigeración no la tienen, por lo tanto queda inactiva la sustancia y no hace el efecto que debía hacer", aclaró.
Indicó que el año pasado se detuvo a 13 personas en Jalisco y siete este año por infringir la Ley General de Salud.
Ambos participantes del foro recomendaron adquirir productos en establecimientos formales.